Ayuda para la presentación de la declaración anual 2011

13 abril 2012 por C.P. Claudia Castillo

Disculpen la demora en escribir nuevos artículos pero trataré de hacerlo más seguido.

En el mes de Abril, se vence el plazo para realizar la declaración anual de personas físicas, y tienen la obligación de presentarla las personas que estén registradas bajo los siguientes régimenes:

  • Actividad empresarial régimen intermedio.
  • Actividad empresarial y profesional.
  • Arrendamiento de bienes inmuebles.
  • Cuando vendas bienes.
  • Cuando obtengas bienes.
  • Por obtener más de 100,000 de ingresos anuales  por concepto de  intereses.
  • Por recibir salarios superiores a $400,000.00 anuales.
  • Cuando tengan ingresos por salarios por dos o más patrones simultáneamente.
  • Las personas físicas que obtengan ingresos por salarios y no tengan ingresos mayores a $400,000.00 anuales, pero quieran presentar su declaración anual porque cuentan con deducciones personales, solamente tienen que avisarle por escrito a su empleador, que van a presentar su declaración, para que no los incluya en su declaración informativa de salarios y que les entregue su constancia de retención por salarios.

Lo que pueden deducir todas las personas físicas sin importar su actividad son las deducciones personales son las siguientes:

  • A partir de esta declaración del 2011 se pueden deducir las colegiaturas de nivel
  • Pagos por honorarios médicos, dentales, de enfermeras y gastos hospitalarios del propio contribuyente o en línea directa para sus beneficiarios padres, esposa e hijos.
  • Alquiler o compra de aparatos para rehabilitación,prótesis , análisis y estudios clínicos
  • Medicamentos solamente cuando el paciente se encuentre hospitalizado y se incluyan en la factura del hospital.
  • Gastos funerarios hasta un salario mínimo anual de su área geográfica aprox $20,000.00
  • Primas por seguros de gastos médicos
  • Los intereses reales efectivamente pagados durante 2011 por créditos hipotecarios destinados a su casa habitación.
  • Transporte escolar de sus hijos o nietos, siempre que sean obligatorios o cuando se incluya en la colegiatura.
  • Importe de los depósitos en las cuentas personales especiales para el ahorro sin exceder de $152,000.00
  • Las aportaciones a la subcuenta de aportaciones complementarias de retiro o a las cuentas de planes personales con un monto máximo de deducción del 10% de los ingresos acumulables, sin que dichas aportaciones excedan de cinco SMG de su área geográfica, elevados al año.
  • Las colegiaturas por concepto de enseñanza que realicen para sí, para su conyugue o para la persona con quien viva en concubinato y para sus ascendientes (padres, abuelos) o descendientes (hijos,nietos) con los límites siguientes.
    • Preescolar $14,200.00
    • Primaria $12,900.00
    • Secundaria $19,900.00
    • Bachillerato o equivalente $24,500.00
    • Profesional o técnico $17,100.00

Evita multas, si estás obligado a presentar tu declaración anual y no obtuviste ingresos en el ejercicio 2011, tienes que presentarla en ceros.

Les recomiendo que la presenten durante este mes ya que si tienen saldo a favor y piden devolución, llega automáticamente solamente con solicitarlo en la declaración y detallando los datos bancarios para que el sat les realice una transferencia electrónica, si la presentan fuera de tiempo se tiene que presentar una forma de solicitud de devolución de impuestos, lo cual ya es un trámite más tardado.

Espero que este artículo los oriente un poco para que deduzcan todo lo que tienen derecho, y con esto, sea más ligera su carga fiscal o en su caso sea mayor la devolución a recibir.

En el despacho estamos a sus órdenes para realizar el cálculo y presentación de su declaración anual.
Costo por elaboración de declaración anual personas físicas salarios $350,00 otras actividades desde $350,00.

Me despido de ustedes, estoy a sus órdenes para cualquier duda en la que les pueda ayudar en temas fiscales y/o laborales.

Suerte

56 comentarios para “Ayuda para la presentación de la declaración anual 2011”

  1. MARIANA dice:

    HOLA BUENAS NOCHES CONTADORA ME PODRIA ACLARAR ESTAS DUDAS
    Vera ahi una persona que expide recibos a su empresa que es una aseguradora
    el esta dado de alta como agentes , ajustadores y gestores de seguros de vida y de otros
    seguros. mi duda surge por que el art 15 del liva exenta los seguros de vida tanto para la empresa como para los que reciben las comisiones, pero en cuanto a seguros de automoviles y gastos medicos ya generan un iva por lo tanto una retencion en mi recibo de honorarios correcto?
    ahora bien si en el mes de marzo solo obtuve mis comisiones por seguros de vida el iva de mis gastos lo podre deducir ? en isr y el ietu , y si en el siguiente mes obtuve mis ingresos derivados de actividad exenta y gravada aplicare la proporcion del iva en dicho mes,? y si en el siguiente mes solamente se obtiene ingresos por activadad gravada en este mes tendre iva acreditable? …..y asi sucesivamente, todo conforme a los ingresos mensuales??

  2. Mariana, con referencia al provisional de marzo si puedes deducir tus gastos con iva y resultará un iva a favor que puedes aceditar en períodos posteriores , en cuestión del cálculo de iva tienes razón se cálcula mensualmente de acuerdo a los ingresos con iva o excentos.

    Saludos

    C.P.Claudia Castillo

  3. EZEQUIEL ALEJANDRO dice:

    hola estoy dado de alta como persona fisica con actividad empresarial….segun mi contadora hacen falta facturas para justificar traspasos en mi cuenta bancaria y ya tiene que presentar la declaracion de 2012…se supone que tendria saldo a favor pero como dice que faltan facturas que va a pasar?????
    el problema es que si sale con saldo en contra ya no tengo liquidez para pagar los impuestos a cargo…

  4. Ezequiel no puedo ayudarte ya que no tengo acceso a tu papelería, tendría que verificar todo para decirte que hacer, se tiene que planear con tiempo.

    Estoy a tus órdenes.

    Saludos

  5. Emilio dice:

    Hola,
    Gracias por toda esa información.
    Quiero pedirle una orientación con respecto a mi situación. Estoy dado de alta en el SAT desde julio del 2011 (para reportar ingresos por honorarios) pero nunca pude generar los folios en el portal del SAT porque uno de los archivos para generar la clave no funcionó, no lo reporté ni hice nada porque deje de trabajar inmediatamente en Agosto del mismo 2011 porqué entré a estudiar una Maestría, de hecho he estado recibiendo beca del CONACYT desde esa fecha (agosto-2011) y es mi único ingreso. El problema es que nunca hice ninguna declaración mensual y no he hecho la anual. Otro problema es que nunca notifiqué al SAT de la suspensión de actividades, dejé por completo el asunto. Ahora estoy preocupado porque no sé que tipo de problemas me pueda traer esto y quisiera saber su opinión. Por ultimo, ¿será necesario declarar los ingresos de la beca CONACYT (apoyo federal)?
    Muchas gracias de antemano.
    Saludos

  6. Emilio, no te preocupes,ocupate, si no te ha llegado requerimiento no hay que pagar nada pero tienes que presentar declaraciones en cero de todas tus obligaciones desde Julio a la fecha, presentar la declaración anual y tramitar la suspensión de actividades.

    No tienes que declarar la beca ya que no es un ingreso por actividad empresarial ni profesional.

    Saludos, estoy a tus órdenes.

  7. SILIVA dice:

    HOLA EN QUE REGIMEN ME DOY DE ALTA SI MI ESPOS Y YO QUEREMOS DAR ASESORIA DE SEGURIDAD A EMPRESAS. Y CUAL SERIA LA VENTAJA Y DESVENTAJA .GRACIAS

  8. Silva , buenas tardes, puede ser en regimen de persona física con actividad empresarial régimen intermedio ya que en ese régimen puedes facturar.
    Ventaja a comparación de regimen de pequeños es que puedes facturar y que puedes deducir tus gastos
    desventaja es que tienes que guardar los gastos y asesorarte por un contador

    Estoy a tus órdenes.

  9. EZEQUIEL dice:

    hola buenas tardes me gustaria saber algo…
    LO QUE PASA ES QUE EN EL PASADO MES DE MAYO REGISTRE VENTAS Y TENGO DEPOSITOS BANCARIOS PERO POR PROBLEMAS NO PUDE GENERAR MIS FACTURAS DE VENTA Y PUES HOY YA ES PRIMERO DE JUNIO NO SE QUE HACER AHORA CON LAS FACTURAS QUE NO GENERE…
    PD.: YO EMITO CFDI Y SOY PERSONA FISICA CON ACTIVIDAD EMPRESARIAL
    OJALA ME PUEDA AYUDAR

  10. Ezequiel, no te preocupes lo que depositaste lo puedes manejar como pago anticipado de las facturas que vas a hacer, emitelas lo antes posible y maneja las fechas de Mayo como fechas del pago de las facturas.
    Estoy a tus órdenes.

  11. martin puente dice:

    buenas tardes, mi pregunta es en el declarasat, en la hoja de impuestos de isr, donde dice impuestos cobrados, es lo que se cobro y no se facturo, y en deducciones autorizadas es lo que se cobro tambien, y para el ietu, es igual.

    saludos.

  12. LOURDES GARCIA dice:

    Necesito una consuta trabaje por honorarios profesionales hasta el pasado abril 2012 cuando aya me dieron mi palnta mi pregunta es que tramite debo hacer en el sat y si todavia tengo la obligacionde ietu, iva e isr para 2012

  13. Dyana dice:

    Hola buenas tardes contadora:
    Soy estudiante de contabilidad (como carrera tecnica), y como trabajo final tenemos que entregar un caso practico, es decir real, con todo y declaracion anual.
    Es una persona fisica con actividad profesional con ingresos de $80518.53, retencion de IVA de $8501.61, ret de ISR $7971.88; y q ademas obtiene ingresos por arrendamiento de $66,676.65, ret de IVA $7,077.28, ret ISR $6,667.67; Gastos $52,698.26 con IVA de $8305.11, y para arrendamiento se opta por la deduccion del 35%.
    Mis preguntas son: como integro todo para hacer un solo calculo, tanto de ISR como IETU, en provicionales y anual? ¿Como se manejan las retenciones para el calculo de IETU? ¿O no se toman en cuenta?
    De antemano agradezco mucho su ayuda

  14. Te recomiendo que uses el declara sat eso te ayuda al cálculo de todo y verificas si lo que hiciste manualmente está bien ,para el cálculo manual debes sumar todos los ingresos antes de retenciones , le restas los gastos y de acuerdo a la utilidad utilizas la tarifa que corresponda la anual o la del mes que corresponde a lo que te de a pagar le descuentas las retenciones de isr y saldra la cantidad a pagar en el ietu haces lo mismo pero sobre la utilidad se calcula el 17.5% y se decuenta el isr a pagar efectivamente

    Estoy a tus órdenes. suerte

  15. Martín, dpmde dice ingresos cobrados es solamente lo que cobraste independientemente de que se haya facturado o no , igualmente con los gastos solamente se toma en cuenta lo que se pagó.

    Estoy a tus órdenes.

  16. cristina dice:

    Hola Buenos días, estou regularizando mi empresa, soy persona moral y tengo adeudos de retenciones por sueldos, arrendamiento, honorario e iva, así como adeudos de iva por pagar,

    y quiero saber si estos impuestos los puedo pagar en parcialidades.
    Gracias por tu apoyo

  17. Cristina, es importante que te pongas al corriente pero no se si esos impuestos como son retenciones a terceros los puedas parcializar, te recomiendo que preguntes en la oficina del SAT el isr y ietu si se puedes pero las retenciones como no es tu dinero ai¿id

  18. Genaro dice:

    Cp Claudia, buenas tardes. fijese que un dia me solicitaron un servicio pero requerian que les diera un recibio de honorarios y tuve que darme de alta como persona fisica con actividad profesional. ya pude emitirle los recibos, pero ya tiene tiempo que no emito ningun recibo de honorarios porque mis clientes no me los han requerido y he estado declarando en cero. me recomienda que me de de baja temporal o que siga de alta por cualquier situacion que necesite emitir uno nuevamente? otra pregunta, mis servicios son de ingenieria informática, si mis declaraciones son en ceros puedo deducir gastos personales? en caso de que sea si, que tipo de gastos son los que puedo deducir? de antemano gracias!!

  19. Genaro,si ya no tienes actividad presenta la suspensión de obligaciones y si de alguna manera te piden nuevamente comprobantes te puedes reactivar por internet en el momento que desees.
    En referencia de la otra pregunta vas a deducir gastos personales de cuales ingresos ??? si las declaraciones son en ceros porque no se obtuvieron ingresos no puedes deducir nada porque no hay ningún ingreso.
    Si obtienes ingresos si puedes deducir los gastos personales como colegiaturas, gastos de hospital , laboratorio, doctor, seguro de gastos médicos, etc., pero gastos personales como despensa, fiestas, comida etc. no es dedicble.
    Estoy a tus órdenes.

  20. marysol velazquez dice:

    como podria presentar o calcular o saber como hacer la declaracion anual 2011.. si no tuve ingresos o como lenar los formatos y como tomar en cuenta las declaraciones informativas que realize en el 2011…

  21. Marysol, te recomiendo que pidas una cita en asistencia al contribuyente en la oficina del sat que te quede más cerca para que ellos te ayuden a presentar lo que necesitas y te expliquen, aunque la verdad sería mejor que contrates un contador para que te realize los calculos que necesitas en el despacho estamos a tus órdenes.

    Suerte

  22. alfredo dice:

    mi situacion es la siguiente, me di de alta en marzo del 2011 para trabajar por honorios para una empresa, deje de laborar en octubre del 2011, fue el ultimo mes que di un recibo de horarios, pero no hice declaracion 2011 y y este 2012 tampoco, puede declarar en ceros desde noviembre del 2011, o cuales serian los pasos a seguir para poder regularizarme, y por otro lado me llego una carta del sat, por depositos bancarios en efectivo en el 2010, en ese año vendi ropa de bazar por mercadolibre (ventas por internet) asi que los clientes me depositaban en mi cuenta, fueron ventas, como puedo indicarle al sat que no fueron ingresos, como podria informar que fue comercio, ya que quieren que les pague el 30% de esos ingresos, logicamente la ganancia por esas ventas, no eran ni del 30%! que hago???

  23. Laura dice:

    Buenas noches Contadora,
    En octubre del 2008 me di de alta por honorarios y en noviembre del 2008 presente aviso fe suspensión de actividades, presente declaraciones mensuales de isr, IVA, ietu solo por el mes de noviembre, debi presentar las del mes de noviembre?,ahora. Bien no se si presente mi declaraciones anual en 2008,encontré unos archivos. Que al parecer corresponde a la declaracion anual, pero no localice el acuse, como puedo saber si la presente, y si no puedo presentarla? Y no habría. Alguna multa por hacerla varios años. Despues? Mi situacion. Actual. Es suspendido, gracias

  24. Martina dice:

    Hola, C.P. Claudia: Agradeceré me oriente cómo le puedo hacer para regularizar fiscalmente a una persona física con actividad empresarial desde 2009 si no tiene estados de cuenta bancarios, ya que no puedo determinar las facturas cobradas y las deducciones efectivamente pagadas porque no tiene toda la documentación … Gracias por su apoyo

  25. Alfredo,estabas dado de alta en el 2010?? si es así solamente con presentar tu declaración anual se puede cancelar la multa, si no estabas registrado entonces tienes que presentarte en el sat para arreglar la situación o esperarte hasta que te exijan el pago de la multa.

    Estoy a tus órdenes.

  26. Laura, si tienes la clave CIEC puedes checar en la pagina del sat si presentaste esa declaración o no, como quiera si estás en suspensión y no te ha llegado nada de requerimientos ni multas, no te apures.

    Estoy a tus órdenes

  27. Martina, tu cliente tiene que solicitar al banco los estados de cuenta del ejercicio 2009 y en base a eso puedes hacer el cálculo considerando como que todos los gastos son deducibles, dificilmente te van a revisar el 2009 ahorita revisan 2011 o 2012, estoy a tus órdenes.

  28. Laura dice:

    Hola. Contadora,
    Ya revise en la página del sat, pero solo se pueden ver los últimos 6 meses, asi que no he podido ver si presente o no la declaracion, hasta el momento no me ha llegado requerimiento, debo ir al sat a que me orienten?, y si no esta presentada puedo presentarla aun sin ningún problema? Ahora bien en marzo del 2009 comencé a trabajar. Como asimilado. Debi informar al sat?, yo no lo hice pues presente. Mi suspensión. En noviembre. 2008,gracias

  29. Laura, no te preocupes el Sat no requiere de tantos años atrás si no te ha requerido ya no lo va a hacer, en cuanto a lo de asimilados no tienes que reportar nada al sat ya que tu patrón lo hace por ti.

    Estoy a tus órdenes.

  30. dolores muciño dice:

    buenas tardes,

    soy persona fisica con acividad empresarial y presente mi suspension de actividades el 31 de aoctubre de 2012.
    mi duda es si puedo presentar mi declaración anual en abril 2013 o tengo que hacerla antes.

  31. ixel dice:

    Buen dia soy persona fisica con actividad empresarial y profesional.
    Mi duda es si los medicamentos se deducen anual o mensualmente?
    son medicamentos que tengo que usar por varios años, los compro en farmacias y siempre pido factura, solo que tenia entendido que se podian deducir de forma anual.
    saludos y gracias por tu ayuda.
    Ixel.

  32. Dolores, buenas tardes, la puedes presentar en Abril del 2013 sin problemas ya que necesitas esperar el programa para la presentacion de la declaracion del 2012 y solicitar constancias etc.
    Estamos a tus órdenes

  33. Ixel los medicamentos son deducibles solamente si te los suministran en algún hospital y te dan factura de ellos, de otra manera no son deducibles

    Estamos a tus órdenes.

  34. Cecy dice:

    Buen dia!
    Le agradecería su orientación al respecto de si me conviene presentar de forma independiente mi declaración de sueldos y salarios, ya que no tengo gastos comprobables y autorizados para considerar. Los ingresos a declarar están al rededor de 190 mil anuales. por el periodo 2012.
    O bien, que la empresa para que trabajo, lo declare.
    Gracias

  35. ixel dice:

    Buen dia.

    Estoy en un embrollo, ya que hoy fui al SAT a realizar la declaracion mensual y resulta que en mi trabajo aparece que no hicieron mi declaracion anual de 2011 y fui a mi empresa a preguntar que yo no habia solicitado la carta de retencion, ellos me dicen que ya no pueden hacer nada porque ya esta cerrdo el ejercicio fiscal. y en Hacienda me dicen que si en mi trabajo no se hizo la declaracion anual que es mi deber hacerla yo, pero no tengo esa carta y en mi trabajo ya no me la pueden dar, entonces que hago porque ahora en la siguiente declaracion anual que viene va a aparecer que no hice la declaracion. estoy preocupada porque no se como puedo hacer esa declaracion anual 2011 si la carta? saludos y muchas gracias.
    Ixel

  36. Ixel, si no tienes la constancia no puedes presentarla, la empresa debería darte por lo menos una copia de la misma, si no hay manera de conseguira no te preocupes no creo que tengas ingresos por mas de $400,000.00 anuales , dificilmente el sat va a requerirte ya que por el monto no tienes obligación de presentarla independiente de la empresa.

    Estoy a tus órdenes.

  37. Arturo dice:

    Buen dia, envie a la empresa en la que trabajo la solicitud de que realizara mi declaracion de impuestos debido a que yo la realizaria ya que tengo saldo a favor por un credito hipotacario sin embargo me acabo de dar cuenta que si la realizaron y me genero un saldo a favor de 400 los cuales ya me depositaron, hay alguna forma forma de poder tealizar aun mi declaracion para obtener mi saldo a favor generado por el credito hipotecario?
    Pd este tramite ya lo he realizado antes y es la primera ocasion que la empresa se equivoca haciendo la declaracion

  38. Arturo, tienes que solicitarle los pagos provisionales que presenta, las declaraciones informativas, anuales , pagos a IMSS en fin todos los impuestos que se presentan. ya sea en banco o por internet ,se obtiene un comprobante.
    Estamos a tus órdenes.

  39. Arturo, no se puede hacer nada tendria que presentar la empresa declaracion complementaria quitandote a ti como trabajador y darte la constancia para que la presentes pero la verdad es dificil.
    Habla con la empresa haber que te dicen, estamos a tus órdenes.

  40. Triny dice:

    Contadora , buenos días, soy asalariado y me ofrecen un seguro de vida, es deducible para mi declaración anual?? y de ser asi que requisitos debe cumplir

    Saludos y agradezco de antemano su ayuda

  41. Bertha dice:

    Contadora, yo acostumbro realizar tandas, y me realizan transferencias electronicas a mi cuenta de Debito, esas operaciones tambien se declaran? y de ser asi bajo que concepto se englobarian?

    Gracias!

  42. Bertha, si no son en efectivo y superan los $15,000.00 no creo que sea necesario ya que no es una actividad empresarial.

    Estoy a tus órdenes.

  43. Edgar C. dice:

    Hola que tal Contadora. Antes que nada quiero felicitarle y agradecerle de antemano por este tan buen portal de paso de información y disposición suya para apoyarnos a tantos con nuestras dudas fiscales.
    En específico me gustaría hacerle una consulta, resulta que soy empleado en una empresa y ellos pagan mis impuestos y demás, yo solo veo mis recibos un descuento por ISR y a final de año un resumen de lo que pagaron. Me surge la duda de si yo podría deducir algo de mis gastos diarios y así obtener algún beneficio pues mis pagos se van íntegros solo que no leí que se pudieran deducir gastos; actualmente yo viajo de mi casa al trabajo en mi auto particular y son 2 horas de ida y otras dos de vuelta, entre gasolina y casetas me gasto alrededor de 285 pesos diarios (85 casetas y 200 de gasolina) que por 22 días aprox. al mes son como 6,270 más los servicios de mantenimiento del auto y las comidas que llego a consumir; esto se puede deducir? me convendría hacer mi declaración para poder deducir algo?
    Mis gastos diarios de mi casa y familia son los comunes, de comida y servicios más una colegiatura de mi hijo y una donación que realizo mes a mes. Más me han dicho que no me conviene para nada hacer mis declaraciones. Mis ingresos brutos son aprox. 29M.

    Gracias y que tenga un bonito día.

  44. Marisela dice:

    Buenas tardes: mi pregunta es la siguiente, mi esposo y yo estamos en proceso de divorcio, tenemos desde 1998 una antena de transmision satelital que rentamos a movistar, la situacion es que el se quedo con el contrato y yo solo tengo su mas reciente declaracion al sat que hizo en ceros con su rfc claro todo a su nombre, puedo por medio del sat obtener historial de la empresa movistar, ya que esta no envio respuesta de solicitud del contrato que el juez le envio, ya paso un anio y nada nunca respondio, podra el sat o uds ayudarme, soy de tijuana, b. c.

  45. Luis dice:

    Contadora, buenos dias, mi duda es la siguiente; voy hacer mi declaración 2012 y queria saber si puedo meter las colegiaturas universitarias estudio Ing civil, pero mi contadora me dijo que hasta nivel bachillerato, algunos amigos y compañeros de trabajo me dicen que si se puede meter a gastos, quisiera su opinion al respecto gracias.

    Buen dia

  46. Luis si estas dado de alta en el sat en actividad empresarial no por salarios, si se puede se maneja como capacitación y si es deducible.

    Estoy a tus órdenes.

  47. Marisela, que triste que estés pasando por esto, pero por desgracia para ti el SAT no te va a dar datos confidenciales, no se si con la orden de un juez, no me ha tocado el caso, en la página del sat hay una opción de chat en línea , preguntales a ellos para que te asesores.
    Suerte, estoy a tus órdenes

  48. Edgar, como asalariado se pueden deducir algunas cosas como Pólizas de Gastos Medicos Mayores
    Gastos de Honorarios médicos. hospital. dentista, lentes, gastos funerarios y colegiatura pero los gastos de gasolina no porque no tienes actividad empresarial.

    Estoy a tus órdenes

  49. ELIZABETH dice:

    BUENAS TARDES CONTADORA SOY PERSONA MORAL YA PRESENTAMOS LA DECLARACION ANUAL LA CUESTION ES QUE EMITO FACTURA ELECTRONICAS Y LA CONTADORA SE DIO CUENTA QUE NO DECLARAMOS UNA FACTURA LA CUAL NO SE HA COBRADO QUE HACEMOS ?

  50. maribel dice:

    puede mi esposo hacer deduccion de intereses hipotecarios si el comprobante esta a mi nombre, yo soy la titular del crédito y estamos casados por bienes mancomunados. Lo que sucede es que estuve desempleada de enero a noviembre del 2011.

    gracias

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