¿Como evitar multas y problemas con el SAT?

16 julio 2009 por C.P. Claudia Castillo

Hola voy a comentarles algo, por cuestiones de la crisis económica mundial, nos vimos en la necesidad de incrementar nuestra cartera de clientes, por lo cual, nos anunciamos por varios medios publicitarios, como resultado hemos tenido algunas asesorias de posibles clientes y algunos gracias a Dios decidieron cambiar su negocio a nuestro despacho.

Les platico esto ya que desde hace aproximadamente 6 años no aceptábamos contabilidades nuevas ya que con nuestra cartera nos era suficiente y estábamos un poco desconectados de las novedades que manejan algunos contadores para conseguir clientes.

Uno de nuestros nuevos clientes nos comentó que el contador le recomendó que diera de alta su negocio en el domicilio fiscal del despacho para que el no tuviera ningún problema.  Noooo nunca acepten esto ya que si llegara un requerimiento, porque su contador no presento las declaraciones, ustedes no se van a enterar o si cae alguna multa etc… no olviden que el nombre que esta registrado es el de ustedes y que cualquier problema es de ustedes no del contador, el contador en cualquier momento puede decir que no es ahí y los dan de baja como no localizados, aparte en la imprenta donde les hagan sus comprobantes les van a decir que tienen que poner el domicilio del contador porque es el que esta registrado.

Otra de las cosas que nos enteramos es que algunos contadores les dicen a los clientes no te preocupes yo te consigo facturas para que no pagues y te cobro un porcentaje de lo que te vas a ahorrar,  noooo para poder deducir una factura se tiene que hacer un cheque a nombre del contribuyente que emite la factura, y muchas veces son facturas falsas o sea que las mandan a hacer a una imprenta.

Tampoco acepten que les presenten todas las declaraciones en ceros porque hacienda va a decir ¿Y de que vive?, ¿Porque sigue dado de alta con ese negocio?; aparte ¿Por cual trabajo les va a cobrar el contador? presentar declaraciones en ceros es ponerles una soga al cuello digan noooo los contadores no somos magos que vamos a desaparecer los problemas, muchos prometen que con ellos no pagas nada, pero quisiera verlos si hacienda te  hace una auditoria ¿Van a estar ellos contigo? En los 18 años que tengo con el despacho he sabido de muchos contadores que se desaparecen de repente, con tus papeles, de hecho cuando nosotros contestamos revisiones de nuestros clientes los mismos auditores nos dicen pocas veces vemos a los contadores, son los primeros que se desaparecen.

Pidan copia de sus declaraciones para que vean que se esta cumpliendo.

Las multas pueden ser desde 300 hasta 8,000.00 cuidado.

La ley es la misma para todos no es posible que yo les diga yo te deduzco esto y aquel no, o yo te digo que no importa que pagues en efectivo al cabo hacienda no se da cuenta cuidado los problemas son para usted, cuando tenga duda mas vale preguntar.

610 comentarios para “¿Como evitar multas y problemas con el SAT?”

  1. Rene Ibarra Miranda dice:

    Hola, Mil gracias por los consejos.
    Yo me encuentro en una situacion que ya se me sale de las manos, yo soy pequeños contr. pero casi no facturo si acaso 1 o 2 al mes y por muy poco, pero resulta que por lo mismo que es poco no me di a la labor de organizar mi contabilidad y me empezaron a llegar multas de 800 pesos y desp ya recientemente de 6700 yo no gano esa cantidad por que soy musico y lo k facturo es muy poco para unos clientes que son contados en 5 o 6 años que llevo registrado solo llego a la factura 125 y por errores hay muchas canceldas, realmente no tengo actividad, le agradecere muchisimo un consejo, para despues poder contar con sus servicios.

  2. Buenos dias Rene, comprendo que estes preocupado por tu situación fiscal, sobre todo por el pago de las multas, pero no hay que preocuparse hay que ocuparse, primero que nada hay que presentar las declaraciones que te requieren,porque si no ,te van a generar otra multa por extemporaneidad.
    Cuando ya esten presentadas,se solicita una cita en el sat que te expidió el requerimiento (los datos vienen en el documento)y solicitar un descuento por el 50% de la multa esto debe ser dentro del plazo de 45 dias habiles que te otorgan para el pago de las multas.
    Después que ya quede solucionado lo de los requerimientos, es muy importante que no dejes de presentar declaraciones mensuales e informativas a las que estas obligado.
    Para evitar multas posteriores, es importante te asesores con un contador, para que estes al día con tus obligaciones fiscales.
    Gracias por escribirme, estoy a tus ordenes.

  3. FRANCISCO dice:

    SALUDOS CORDIALES UNA PREGUNTA ESTOY CON EL REGIMENME LLEGO UNA NOTIFICACION DE PRESENTARME EN EL SAT, HACE APROX. TRES AÑOS TUVE UN NEGOCIO, COMO NO ME FUE BIEN CERRE Y AL PARECER MI CONTADOR NO ME DIO DE BAJA EN EL SAT, CONSEGUI EMPLEO Y ACTUALMENTE ME ENCUENTRO TRABAJANDO EN OTRO ESTADO DIFERENTE TENDRE QUE PAGAR UNA MULTA O ALGO ASI, E IR HASTA ALLA CUANDO NO TUVE MAS PERCEPCIONES DEL NEGOCIO?

  4. C.P. EDGAR ALATORRE dice:

    CONTADORA ANTES QUE NADA SALUDOS, PERO MI COMENTARIO ES PARA QUE REALMENTE LES BRINDE UNA AYUDA CLARA Y SOPORTADA A LAS PERSONAS QUE SE DIRIGEN A USTED, EN SU RESPUESTA ANTERIOR HACE MENCION QUE DE NO PRESENTAR SUS DECLARACIONES LE LLEGARAN LAS MULTAS POR EXTEMPORANEIDAD Y ESO NO ES CIERTO ESAS MULTAS LE LLEGARAN AUN CUANDO LAS PRESENTE YA QUE SERIAN PRESENTADAS POSTERIORMENTE A LA LLEGADA DEL REQUERIMIENTO, Y SUGUNDO USTED DICE QUE ACUDA A EL SAT QUE LE EXPIDIO EL REQUERIMIENTO PARA LA CONDONACION DE EL 50% DE SU MULTA PERO EN PRIMER LUGAR NO ES EL SAT ES LA ADMINISTRACION LOCAL DE RECAUDACION QUE LE CORRESPONDA Y EN SEGUNDO LUGAR TODAS LAS MULTAS TRAEN LA REFERENCIA LEGAL Y LA OPCION QUE DE PRESENTARSE ANTES DE LOS 45 DIAS HABILES AHI MISMO AJUSTAR LA CANTIDAD DE LA MULTA CORRESPONDIENTE, PERO EN FIN PLATICA USTED COMO SI REALMENTE «CONOCIERA EL TEMA». ADIOS

  5. Francisco,buenas tardes con los datos que me incluyes en el comentario, no tengo la información completa para poder ayudarte, ¿llego alguna carta invitación? ¿de que presentes algun papel?
    Para poder asesorarte correctamente me gustaria saber que dice el citatorio del que me hablas,para determinar si te tienes que presentar o se hace caso omiso de dicho documento.
    Si no estas dado de baja es muy importante que presentes la suspension de actividades, independientemente de que ya estes trabajando como empleado hay que disminuir la actividad empresarial para evitar que siga llegando alguna papeleria del sat.
    Si puedes escanear y mandarme el documento que te llego,a mi correo, con gusto te digo que pasos a seguir con resepecto al mismo.
    Estoy a tus ordenes.
    Suerte

  6. C.P EDGAR ALATORRE
    Antes que nada buenas tardes, en referencia a lo que escribiste que asesore mejor a las personas, me comentas que la multa por extemporaneidad es automática, la multa que se genera por no haber presentado a tiempo tus declaraciones es una multa por no cumplir con tus obligaciones fiscales, pero si después de 15 dias de que recibiste el requerimiento no presentas las obligaciones requeridas te emiten una segunda multa que es por extemporaneidad.
    No se si tengas algún despacho, pero por experiencia propia lo estoy comentando y en referencia a lo de que se presenten al SAT en todas las administraciones locales de recaudacion en el edificio por afuera dice las siglas de SAT, y para la mayoria de las personas es más facil la explicación ya que la administración local de recaudación es dependencia del SERVICIO DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA.
    Ahora con lo referente a solicitar una condonación del 50% por experiencia propia, si tienes ingresos menores a $2,000.000.00 al año tienes derecho a solicitar la condonación y hasta el dia de hoy, no me han negado ninguna, la cantidad que viene en la multa tiene solamente un descuento del 20% si lo pagas antes de los 45 días habiles, para recibir el 50% se tiene que solicitar ante la autoridad que emitió el requerimiento.
    Espero que con esto quede aclaradas tus inquietudes, yo trato simplemente por este medio de ayudar un poco, a los contribuyentes que tienen dudas sin ningún otro fin.

  7. Salvador dice:

    Saludos
    Me llegaron 3 multas por no presentar creo que decia por provedores o clientes a terceros,de inmediato se los di al contador y presento las declaraciones que me habian estado solicitando y me dijo que si se presentan las declaraciones el mismo dia ,las multas no surten efecto, que tan cierto ay de lo que me dice el.

  8. Salvador,buenas tardes, gracias por escribirme,no entendi bien si te llegaron 3 requerimientos o 3 multas, como quiera te voy a responder las 2 opciones.
    Si te llegaron 3 requerimientos y tu contador presenta la obligación requerida, el dia que los recibiste,tiene razon, la multa en caso de que llegue se cancela.
    Pero en otro caso, si te llegaron 3 multas y hasta el dia que las recibiste, se presentaron las obligaciones omitidas,temo decirte que tendras que pagarlas, comentale a tu contador que en caso de que proceda el pago,solicite descuento para el pago de las mismas,el sat te autoriza el 50% de descuento si obtuviste menos de $2,000,000.00 de ingresos en el ejercicio anterior.
    Espero que con esto quede aclarada tu duda, estoy a tus ordenes.
    Mucha suerte

  9. MONICA dice:

    Hola, muy buenas sus recomendaciones!!! Tengo una duda, espero me puedan ayudar por favor…. Me llego requerimiento para presentar unas DIOT, las cuales presente en el plazo esetablecido en el requerimiento, a los dias me llegaron multas por incumplimiento, las cuales en MI PORTAL aparacen canceladas, pero aparecen otras por EXTEMPORANEIDAD, las cuales aun no tengo en papel, mi duda es si proceden estas ultimas o bien, tambien seran canceladas ???Gracias

  10. Mónica, buenas noches, gracias por escribir, en lo referente a la duda que tienes sobre tus multas, es primordial checar la fecha en que se presentaron dichas obligaciones requeridas,si presentaste las declaraciones , el mismo día que recibiste el requerimiento, no te preocupes se cancelan las multas.
    Pero, si lo presentaste dentro de los 15 días siguientes a la recepción del requerimiento procedería una multa por extemporaneidad, ya que si cumpliste pero después del requerimiento de la autoridad.
    Te recomiento que te esperes a que te las notifiquen, aunque aparezcan en tu portal, surten efecto hasta la fecha en que son recibidas por el contribuyente, y al recibirlas, pide una cita en la administración del sat que te envió la multa, en el modulo de atención a requerimientos , te presentas con la multa en original y la obligación que te requirieron con su acuse de recibo correspondiente, solicita la cancelación de la misma, si te comentan que si procede la multa por lo que te mencione anteriormente (que se presento después de la recepción del requerimiento) solicita un descuento del 50% (si tus ingresos no exceden de $2,000,000.00 en el 2008) a dicha multa, es importante que te presentes dentro de los 45 días siguentes a la recepción de las multas, para que proceda la cancelación o el descuento de la misma.

  11. Alejandro Morales dice:

    Muy buenos dias C.P. Castillo!
    Felicitaciones por sus atinados e interesantes consejos, espero pueda auxiliarme con una duda que me preocupa, ya que el C.P de una pequeña ferreteria que tenemos nos pide facturas en blanco y nos dice son necesarias para cerrar meses,¿esto se hace en la practica?, Se le entrega papeleria mes por mes, y no nos hace llegar ningun papel que nos haga saber si esta llevando a cabo su trabajo!
    Se lleva como P.F. con actividad empresarial y apenas hasta ahora nos entrego la declaracion anual 2008 pero este papel tiene impreso la leyenda «impresion para fines didacticos» ¿esto es un comprobante que ampare que realizo su trabajo durante 2008? desde mediados de 2008 que iniciamos como P.F no se ha pagado ningun impuesto excepto el IDE que nos quita el banco ¿esto es normal o realmente mi contador nos hace bien su trabao?
    De antemano Gracias C.P. Castillo

  12. Buenas tardes Alejandro, con respecto a lo de que tu contador te solicite facturas en blanco para cerrar el mes, es peligroso ya que las facturas no tienen porque entregarse en blanco a nadie, mejor que el te diga las cantidades por las que tienes que hacer las facturas y las fechas, y ustedes las llenan, nosotros en la práctica nunca lo hacemos, pero sabemos de muchos contadores que lo hacen y llenan como debe de ser las facturas, pero tambien sabemos de muchos contadores, que venden las facturas de sus clientes , sin informarles a ellos.
    Con referencia a que no les entrega ningún papel, ustedes tienen el derecho de exigir los comprobantes de los cálculos y de los pagos y declaraciones.
    Con la declaración anual, les entregó un acuse de recibo del sat? aparte de la impresion de la declaración.
    En lo referente a los pagos provisionales, posiblemente no ha pagado porque el contador compense su impuesto a pagar contra el IDE que retuvo el banco, pero la obligación de presentar los pagos mensualmente, aún sin pago y tendria que darles el comprobante respectivo.
    Suerte, estoy a tus órdenes.

  13. Eduardo Flores dice:

    Hola, tengo una duda, resulta que dejaron en mi domicilio 4 multas, asi, aparecieron en el garage, nunca me llego un requerimiento o citatorio, y la verdad no estoy dispuesto a pagar algo asi, que puedo hacer. Gracias

  14. Eduardo, gracias por escribir, es importante que preguntes en tu domicilio, si alguna persona no recibió los requerimientos y olvidó decirte, porque aunque no sea el contribuyente, si alguna persona recibió los requerimientos, si procede la multa.
    En caso de que estes seguro que nadie los recibió, tienes derecho a inconformarte ante el SAT , ya que no recibiste requerimiento alguno. hace aproximadamente 3 años presentamos una inconformidad para un cliente del despacho y nos resolvieron favorablemente.
    Te recomiendo que pidas una cita en la administración del SAT que te mandó la multa, para que preguntes los requisitos para presentar la inconformidad, ya que aunque sea oficina federal en algunos trámites varía el procedimiento.
    Mucha suerte, estoy a tus órdenes.

  15. Eduardo dice:

    Muchas Gracias por contestar mi duda, pues si efectivamente si salió un familiar pero no las recibio y se las dejaron ahí en el garage…. mas tarde salió a recogerlas, pero ademas no entiendo algo, dichas DIOT están presentadas en los meses que ellos dicen que no se presentaron, debo de tener por algun lugar los acuses de presentados, y me aconsejaron que metiera un Recurso de Revocación por los créditos que me llegaron, y eso fue lo que hice, ahora a ver que resuelven…. Eso sí, me voy a dar de baja, ademas de que no hacen bien su trabajo hay que hacerselos… Gracias

  16. Mariana Bracho dice:

    Es reconfortante encontrar gente como usted que puede ayudarnos ante la maraña que son los impuestos en México.
    El SAT me está enviando un requerimiento y una multa del ejercicio 2001 y 2002, es procedente? entiendo que los documentos fiscales se deben guardar por 5 años, existe alguna prescripción al respecto o cómo se puede resolver si ya NO cuento con los documentos.
    Adicionalmente cual es la diferencia entre solicitar la situación fiscal en las ALRs del SAT y la Consulta de información del RFC en línea?
    De antemano gracias.

  17. Mariana Bracho dice:

    Una disculpa en los comentarios anteriores quise decir que ya no cuento con los documentos de los años 2001 y 2002. Aún así se debe uno presentar ante el SAT para aclarar la situación?

  18. Eduardo, que bueno que le pude ayudar , espero que la resolución sea a su favor.
    Mucha suerte, y estoy a sus ordenes.

  19. Mariana, perdón por la tardanza en lo referente a tu pregunta, recibiste los requerimientos y las multas este año? porque tienen caducidad de 5 años los requerimientos y las multas.
    Saca una cita en la administración que te esta multando (el dato viene en la multa) en el módulo de atención a requerimientos y solicita que se cancele la multa, ya que es improcedente.
    Con respecto a lo de la solicitud de la situación fiscal, creo que en las ALR te pueden dar más información, que la consulta en linea.
    Mucha suerte, estoy a tus órdenes.

  20. JOSE LUIS GUEVARA dice:

    buenas tardes contadora, le hago una consulta, agradeceria mucho me pudiera apoyar. el dia de ayer me llegaon 6 multas por no presentar la diot de enero a marzo 2009, yo estoy dado de alta desde 2008 como persona fisica con actividad profesional, me registre porque una empresa me solicito recibo pero desde 2008 no e realizado actividades ya que aun soy estudiante, un amigo me apoyo y presentamos las declaraciones de isr iva e ietu, pero no nos percatamos de los listados y de las diot, posteriormente me llego una hoja para recordarme la obligacion eso fue en septiembre, ya el 26 de octubre me apoyaron para enviar mis declaraciones de diot, pero ayer me llegaron las multas, estan traen fecha de 28 de octubre, es decir me la generaron 2 dias despues de que presente mis declaraciones. las multas son 2 de cada mes una por no pagar y otra por extemporaneidad, mi pregunta es si prceden las multas, porque son de 8000 cada una, y pues no tengo como pagar esto, hasta cuanto me lo pueden descontar ya traen 20% es decir son como 6500 por cada una. si procedieran podria pagarlas en parcialiades? hay forma de cancelarlas? le agradeceria mucho su respuesta, ya que estoy bastante preocupado.
    gracias

  21. JOSE LUIS GUEVARA dice:

    en un comentario de arriba dice que las multas caducan en 5 años, entonces podria darme de baja y esperar 5 años a que se cancelen, o esto me ocacionaria algun problema mayor?

  22. Jose Luis, buenas tardes, gracias por escribir, primeramente , pregunta si alguien en tu domicilio recibió un requerimiento de obligaciones omitidas, por estos períodos.
    La hoja que me comentas que recibiste, posiblemente sea un requerimiento, verifica bien la hoja si dice REQUERIMIENTO DE OBLIGACIONES OMITIDAS , si procede la multa, pero si dice EXHORTO AL CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES FISCALES , y ninguna persona, recibió un requerimiento en tu domicilio, puedes presentar un recurso de inconformidad, ya que no recibiste requerimiento alguno y te estan multando,por no atenderlo,como dato extra el exhorto te lo deja el cartero sin que firmes de recibido, el requerimiento te lo entregan con acuse de recibo.
    Si recibiste el requerimiento,procede la multa, pero puedes pedir un descuento del 50% del monto de la misma, y tienes 45 días después de la notificación, para pagarla.
    Si se puede hacer el pago en parcialidades, cuando te presentes en la administración que te generó la multa, solicita los requisitos.
    Suerte, estoy a tus órdenes.

  23. Jose Luis, el caso anterior es uno entre miles, si no pagas la multa en los 45 días, se presentan a tu domicilio , con los recibos por el monto total, más recargos,porque el descuento es solo si pagas dentro de los 45 días, y si no pagas señalan bienes para embargo.
    La verdad te recomiendo que en caso de que la multas si procedan, solicites un descuento y plazos para pagarlas.
    Suerte, estoy a tus órdenes.

  24. Estimada Licenciada, sus comentarios me parecen más que excelentes y me han ayudado mucho, ahora bien, tengo una pregunta, el mes pasado corrí a mi contador por incompetente, llevaba 3 mese llevándome la contabilidad (jul, ago y sep) para la contabilidad de octubre aprendí los básicos ya que mi empresa es muy pequeña, mi pregunta es la siguiente, cómo puedo saber si contador que ya no trabaja para mi metió la DIOT y el listado del IETU? hay alguna forma de saberlo através del portal de SAT en internet? No he recibido ningún requerimiento ni multas pero estoy casi seguro que no las metió.

    Saludos y de nuevo muchas gracias por los consejos.

  25. cristina dice:

    necesito saber que debo de hacer ya que me mandaron una multa de hacienda es que el contador no dio de baja una guarderia que yo atendia y dio de alta con mi nombre,y hace 3 años que deje de trabajarla ya no existe, y como el contador no dio de baja la guardeia ante hacienda me estan cobrando una multa de 6000.00 y el contador nunca regreso a darme segun el documento de baja entonces logicamente por eso me estan cobrando esa multa y el 7 de octubre del 2’009 me llego esta multa que debo de hacer me urge su respuesta y te agradecere gracias

  26. Ing Luis , gracias por escribir, si existe la manera de checar en el portal del sat, http://www.sat.gob.mx en la opción de oficina virtual, personas físicas, en la opción de consulta de transacciones, pagos, estadisticas y correcciones.
    Ahi se puede verificar que se presentó y lo que esta pendiente, para entrar necesita contar con la clave ciec fortalecida o firma electrónica.
    Si por algo no puede entrar,le recomiendo solicite una cita en el sat y se presente para verificar lo que tiene pendiente, para no esperar a los requerimientos, y si el contador tenía su clave ciec o su firma electrónica , le recomiendo que la cambie para que no pueda presentar nada a su nombre.
    Mucha suerte, estoy a sus ordenes.

  27. Cristina, gracias por escribirme, primero que nada, solicita una cita ante el sat que te multó, para que aclares tu situación ya que la guardería tiene 3 años sin trabajar, posiblemente se cancele, claro que demostrando de alguna manera que no estaba trabajando, pero esto solamente lo puedes arreglar personalmente ante la administración que te multó.
    Si por algún motivo no se cancela, solicita un descuento del 50% del monto de la misma, y lo más importante que te chequen lo que tienes pendiente de presentar, y solicita tu suspensión de actividades.
    Mucha suerte, estoy a tus órdenes.

  28. LUISA FERNANDA dice:

    QUISIERA QUE ME AYUDARA YA QUE YO MISMA HAGO MIS DECLARACIONES MENSUALES PERO TUVE UN ERROR Y ENVIE EL MES DE SEPTIEMBRE CON ERROR YA QUE LO ENVIE COMO OCTUBRE Y PUES AL QUERER ENVIAR EL DE SEP PUES OBIAMENTE NO SE COMO HACERLE YA QUE ME PIDE LOS INGRESOS Y DED DE MESES ANTERIORES Y PUES SUPONE QUE SI ENVIE EL DE OCTUBRE CON QUE TENIA DE DED. ANTERIORES 40 PESOS COMO LE PONGO LA DE SEPTIEMBRE ?????? OSEA LA DE SEPTIEMBRE COMO LA ENVIO YA QUE SE SUPONE QUE EL REAL DE SEP. ERA 40 Y EL DE OCT. 50 ENTONCES COMO MANDO EL DE SEP??? QUE AUN NO SE A ENVIADO.. ESPERO SU RESPUESTA MIL GRACIAS

  29. Luisa, gracias por escribir, en la página del sat puedes corregir tus declaraciones en el apartado de oficina virtual, hay una opción de correccion de datos, lo que vas a modificar es el período declarado.
    Estoy a tus órdenes.

  30. Esperanza dice:

    Buenas tardes

    Solicito de su apoyo, en octubre recibi un requerimiento para presentar una declaración complementaria del año 2006, ya que la que presente tenia un error, cuando hice la declaración me salio saldo a favor, ahora que el sat la reviso me dicen que tengo que pagar 7000, mas los recargos por el tiempo que ha transcurrido el problema es que no tengiar o la solvencia para cubrir esta cantidad y la fecha de vencimiento es el proximo lunes que puedo hacer, puedo enviar solo la declaración y acudir al sat para solicitar el pago en parcialidades o tengo que pagar al mismo tiempo de enviar la declaracion

  31. Esperanza, gracias por escribir, no comprendo que vence el lunes, y como se determinó que tienes saldo en contra de 7,000.00, te realizaron una auditoria , necesitaria saber estos datos para poder ayudarte de la mejor manera.
    Espero tu respuesta, saludos, estoy a tus órdenes.

  32. Gerardo dice:

    Saludos:
    Mi caso es el siguiente, me dí de alta el 13 de octubre, bajo el régimen de prestación de servicios profesionales, por lo que cobro por recibos de honorarios; como el primer mes (lo que quedaba de octubre) no obtuve ingresos, fui dejando de lado el tema de los impuestos y no declaré ese mes (en ,los 17 primeros días de noviembre), en noviembre sí obtuve ingresos (3000 pesos), pero en el recibo de honorarios la empresa no puso nada en el campo del IVA ni del ISR, es decir, sólo estaba lleno el campo de «total», y me dijeron que no había problema, que lo más seguro es que no me generaría impuestos qué pagar… Como sigo estudiando, estuve muy atareado y se me pasó (nuevamente) la fecha para declarar; aún no me ha llegado nada de avisos de multas ni nada, pero qué puedo hacer? puedo a hacer mi decaración (la del mes de diciembre y las atrasadas) empezando el próximo mes sin que tenga que pagar multas? y si tengo que pagarlas cómo solicito el descuento del 50% si no me han llegado notificaciones de multas?, espero su respuesta, de preferencia a mi correo electrónico. Gracias.

  33. Gerardo, gracias por escribir, que bueno que te preocupes por tu situación fiscal antes de que te genere multas, si puedes y debes presentar tus declaraciones anteriores lo más pronto posible,lo de octubre lo presentas en ceros por medio de la pagina del sat.
    El recibo que expediste en noviembre fue a una persona física o a una sociedad, porque si fue a una sociedad , te deberían de retener el 10% de isr y el 10% de iva y darte una constancia de retención para que lo acredites contra los impuestos, si puedes verificar y me escribes nuevamente para decirte como lo tendrias que calcular el pago provisional.
    Si no recibiste ningún requerimiento de obligaciones omitidas, no tienes ninguna multa que pagar, por eso que bueno que te ocupes de tus obligaciones antes de que te las requieran.
    Espero que con esto aclare un poco tus dudas, estoy a tus órdenes.

  34. Edgar dice:

    Buenos dias, me parecen muy interesantes tus consejos. espero me puedas orientar.
    Me di de alta en el SAT en marzo del 2005 porque pensaba trabajar por mi cuenta, pero me llego una oferta de trabajo y ya no pude seguir con mi negocio. Nunca me di de baja, pero me cambie de domicilio, asi que no se si me mandaron requerimientos o multas, que puedo hacer?
    Como hago para que no me cobren nada? ya que no genere ningun ingreso
    Puedo comprobar que estoy trabajando desde junio del 2005. gracias

  35. MAXIMO dice:

    tengo una duda me llego un requerimiento de obligacion omitida impuesto sobre la renta regimen pequeños contribuyentes (repecos)
    hace 9 años que me di de alta mi contador supuestamente me dio de baja en el 2001, pero ahora se que no lo hizo me piden 4 ejercicios bimestrales, que hago un contador me dio unas hojas para pagar 200 por cada bimestre y que despues me actualizaran, el chico de sat me dijo que seria 950 por cada bimestre mas otra multa, es mucho para mi, que puedo hacer yo ya no vivo en ese domicilio, pero mi abuelito recibio el documento y me da miedo que lo molesten.
    agradecere mucho la orientacion prestada

  36. Edgar, gracias por escribir, yo te recomiendo que presentes los pagos provisionales en ceros desde el 2005 y las anuales correspondientes y solicita una cita en el sat para que suspendas actividades, con esto evitaras que posteriormente te lleguen requerimientos y multas.
    En el Sat te pueden informar si tienes algúna multa pendiente, o si estas dado de baja como no localizado,verifica con ellos para que todo quede arreglado, porque si despúes te quieres reanudar para poner algún negocio, o dar recibos de honorarios, puedes tener problemas.
    En caso de que te cobren alguna multa, puedes solicitar el 50% de descuento de la misma, pero la verdad no creo, ya que si en algún momento fueron a tu domicilio a requerirte y posteriormente para darte una multa, al ver que ya no estas en el domicilio te dan de baja como no localizado.
    Mucha suerte, estoy a tus órdenes.

  37. magali dice:

    hola contadora claudia mi pregunta es la siguiente desde el 2002 el contador que tenia me dio de alta como persona fisica con actividad empresaria y profesional, pero no me fue muy bien pero el contador no me dio de baja ahora volvi a reactivarme pero me dicen que sigo activo y que tengo que ponerme al dia para darme de baja y posteriormente alta con el regimen intermedio mi mi negocio no es tan grande y me comentan que debo estar en ese regimen pero puedo presentar mis declaraciones mensuales desde el 2002 a la fecha en cero por internet?

  38. Cynthia dice:

    Licenciada:

    Primero que nada quería felicitarla por compartirnos sus conocimientos y agradecerle toda la información que ha proporcionado y que ahora, me tomo el atrevimiento de pedirle. Sucede que descuide mi situación fiscal, me di de alta en el 2008 y di algunos recibos por mis servicios como bibliotecario, esto fue durante 6 meses y despues ya no di ninguno hasta la fecha, que pude encontrar otro trabajo donde me piden recibos, pero mi pregunta es: se pueden dar recibos de honorarios sin estar al corriente con mis declaraciones?, esto es para ya poder trabajar y la otra es: como podría ponerme al corriente con hacienda si desconozco cuantos recibos di?
    Agradesco mucho la atencion prestada. Dios la bendiga

  39. VELI RENDON GARCIA dice:

    HOLA CONTADORA. Desde septiembre del 2007 me di de alta en el SAT por honorarios profesionales……..la persona que disque me llevaba mi contabilidad resulto que nunca hizo pago alguno y por supuesto no presento ninguna de mis declaraciones……..en el 2009 me llego un amulta por no presentar mis declaraciones se la di a mi contador y me dijo que era un mal entendido………desgraciadamente nunca me dio ningun documento, solo me enseñaba algunos pero nunca le pedi recibos de pago ni nada…….en diciembre lo fui a buscar par entregarle mis documentos y me informaron que nadie vivia en ese domicilio lo he buscado y no lo he localizado………realmente me siento preocupada porque por lo que he leido en su pagina son multas sobre multas y realmente gana $8,400.00 al mes y vivo al día.me seria muy dificil pagar tanto dinero……y lo mas triste es que el dinero que le pague al contador no lo voy a poder recuperar……..que puedo hacer?????

  40. Magaly, gracias por escribir, si, puedes presentar todas las declaraciones por internet, solo necesitas tu clave CIEC ,si no la tienes solo con presentarte, en cualquier administración del SAT. con tu identificación .y los datos de tu Registro Federal de Causantes, y en ese momento te la tramitan.
    Estoy a tus órdenes,suerte.

  41. Cynthia,gracias por escribir, si puedes expedir recibos aunque no estes al corriente, mientras estén vigentes y estes dada de alta ,pero te recomiendo que te pongas al corriente lo antes posible, ya que te podrían notificar un requerimiento por obligaciones omitidas y generarte una multa, las cuales pueden ser desde 800 hasta 7000. pesos.
    En referencia. a lo de que no sabes cuantos recibos expediste, si es necesario que hables con las empresas , para las que trabajaste, para preguntar las fechas y montos de los mismos.
    Espero que con esto te ayude en algo, estoy a tus órdenes.

  42. Vely, gracias por escribir, me da tristeza y verguenza lo que te pasó. pero por desgracia es más común de lo que piensas,por eso hay que checar bien en quien confiamos nuestra contabilidad. pero bueno hay que ocuparnos ,te recomiendo. que solicites una cita en la oficina del sat que te quede mas cerca, en el módulo de orientación fiscal, con tu identificación oficial y los datos de tu Registro Federal de Causantes. para que verifiques tu situación, en referencia a los pagos que tienes pendientes, informativas etc. y con estos datos ponerte al día.
    En caso de que tengas multas pendientes, puedes solicitar descuento del 50% y plazo para pagarlas, para pedir la cita entra a la pagina del sat http://www.sat.gob.mx en el módulo de citas,eliges el estado de tu domicilio fiscal y te registras el día y hora que puedas.
    Te deseo mucha suerte, y estoy a tus órdenes.

  43. MAXIMO dice:

    Estimada Contadora Castillo nuevamente le pregunto mi duda yo me di de alta hace 10 años como persona fisica con actividad empresarial, un año despues pedi a mi contador me diera de baja ahora se que no lo hizo, hace un mes llego un requerimento por obligaciones omitidad ya como repecos yo no me di de alta como repeco, tiene mas de 8 años sin movimiento, yo ya no vivio en ese domicilio pero mi abuelito que es su casa lo recibio, proceden las multas por haberlo recibido mi abuelito, son 4 bimestres los que me requieren que hago estoy muy angustiado por ellos, ya que no quiero los molesten en su casa.

  44. KATIA dice:

    BUEN DIA CONTADORA ESTOY CASADA Y MI ESPOSO SE DIO DE ALTA EN EL 90 EN
    EL 91, 92, 93 SI DECLARO Y DESDE ENTONCESS YA NO HIZO DECLARACIONESS NI EN CEROS

    YA ESTARA DADO DE BAJA EN EL SAT.DE ANTEMANO MUCHAS GRACIASS…

  45. KATIA dice:

    CONTADORA SE ME OLVIDO DECIR QUE MI ESPOSO SE DIO DE ALTA
    COMO MAESTRO ENESOS ANOS DABA 2 HORASS, Y SE DIO DE ALTA COMO MEDICO
    LO CUAL EJERCIA EN ESOS ANOS. POR PROBLEMAS PERSONALES YA NO PUDO
    NI DECLARAR EN CEROS POR QUE NO TENIA NI PARA ESO. PASO POR UN PERIODO MUY MALO
    GRACIAS

  46. KATIA dice:

    CONTADORA LO QUE SE ME OLVIDO MENCIONAR QUE MI ESPOSO
    SE DIO DE ALTA COMO MAESTRO DABA 2 HORAS DIARIAS EN ESOS ANOS
    Y SE DIO DE ALTA COMO MEDICO EN ESOS ANOS DE AHI EN ADELANTE
    YA NO PUDO DECLARAR POR SITUACIONES PERSONALES.
    NI PUDO DECLARAR EN CEROS NI DARSE DE BAJA POR QUE NI PARA ESO
    TENIA MI PREGUNTA YA ESTARA BORRADO DESPUES DE TANTOS ANOS…
    DE ECHO NO EJERCE PERO YO QUIERO QUE PRESTE SUS SERVICIOSS
    Y QUIERO LAS COSAS BIEN ECHAS MUCHAS GRACIASS.

  47. JESUS dice:

    BUENAS TARDES AMIGO. TENGO UN GRAVE PROBLEMA, HACE 12 AÑOS PENSÈ DE ABRIR UN NEGOCIO ENTONCES LE COMENTE A UNA AMIGA QUE ESTUDIABA CONTABILIDAD, ME PIDIO MIS DATOS, NUNCA LE DI PAPELES, POR DESGRACIA NO SE LLEVO ACABO EL NEGOCIO. AHORA VOY A INGRESAR A TRABAJAR A UNA EMPRESA ME PIDIERON MI CLAVE ELECTRONICA VOY A DARME DE ALTA EN HACIENDA Y ME LLEVO LA SORPRESA QUE ESTOY DADO DE ALTA Y QUE TENGO PENDIENTES CON HACIENDA, ME IVA A DAR DE ALTA CON ACTIVIDAD EMPRESARIAL Y ME DIJERON QUE TENIA QUE REGULARIZARME CON HACIENDA PARA QUE ME PUEDAN DAR MI CLAVE
    NE URGE MI CLAVE Y ME PREOCUPA UN ADEUDO DE ALGO QUE NUNCA EXISTIO.

    ¿QUE PUEDO HACER AMIGO ?

  48. Veronica dice:

    BUENAS NOCHES CONTADORA:

    TENGO UN KINDER Y LA VERDAD ES QUE NO HE PAGADO NADA DE IETU DE 2008 Y 2009
    ¿QUÉ DEBO HACER?
    EN 2008 PASE MI DECLARACION ANUAL EN CEROS PERO NO PRESENTE LISTADOS DE IETU Y QUE DEBO HACER PARA 2009 ¿PAGAR TODO JUNTO EN LA ANUAL DE IETU?¿MENSUALMENTE TENGO QUE PRESENTAR ALGO ANTE EL SAT AUNQUE MENSUALMENTE NO PAGUÉ? Y LO VAYA A HACER EN LA ANUAL? MUCHO LE AGRADECERIA RESUELVA MIS DUDAS.
    MUCHAS GRACIAS

  49. MARY dice:

    Buenas tardes contador, realmente estoy en serios problemas fiscales. Por error expedi 4 facturas que estaban fuera de vigencia. Es decir no me percate de que mis facturas perdian vigencia en noviembre de 2009 e hice 4 facturas en diciembre a una cadena comercial. Soy una ama de casa que empezo haciendo salsa y estoy a prueba en esa cadena comercial. Y por desconocimiento y falta de observacion facture. Y no se que hacer ya que ellos cierran año fiscal. No se si debo informarles o bien mejor callarme. Y por otro lado como voy a justificar ese error ante hacienda.

  50. MARCOS MAYEN dice:

    Buenas tardes.

    Mi pregunta es la siguiente:

    recibi una multa por la no expedicion de comprobantes fiscales (por una revision de gabinete) y quisiera saber si es posible la reduccion de la multa y pagarla en parcialidades.

    Mi inquietud es que ya pasaron mas de 45 dias d que recibi la multa. todavia es posible solicitar la reduccion y el pago en parcialidades

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