Hola voy a comentarles algo, por cuestiones de la crisis económica mundial, nos vimos en la necesidad de incrementar nuestra cartera de clientes, por lo cual, nos anunciamos por varios medios publicitarios, como resultado hemos tenido algunas asesorias de posibles clientes y algunos gracias a Dios decidieron cambiar su negocio a nuestro despacho.
Les platico esto ya que desde hace aproximadamente 6 años no aceptábamos contabilidades nuevas ya que con nuestra cartera nos era suficiente y estábamos un poco desconectados de las novedades que manejan algunos contadores para conseguir clientes.
Uno de nuestros nuevos clientes nos comentó que el contador le recomendó que diera de alta su negocio en el domicilio fiscal del despacho para que el no tuviera ningún problema. Noooo nunca acepten esto ya que si llegara un requerimiento, porque su contador no presento las declaraciones, ustedes no se van a enterar o si cae alguna multa etc… no olviden que el nombre que esta registrado es el de ustedes y que cualquier problema es de ustedes no del contador, el contador en cualquier momento puede decir que no es ahí y los dan de baja como no localizados, aparte en la imprenta donde les hagan sus comprobantes les van a decir que tienen que poner el domicilio del contador porque es el que esta registrado.
Otra de las cosas que nos enteramos es que algunos contadores les dicen a los clientes no te preocupes yo te consigo facturas para que no pagues y te cobro un porcentaje de lo que te vas a ahorrar, noooo para poder deducir una factura se tiene que hacer un cheque a nombre del contribuyente que emite la factura, y muchas veces son facturas falsas o sea que las mandan a hacer a una imprenta.
Tampoco acepten que les presenten todas las declaraciones en ceros porque hacienda va a decir ¿Y de que vive?, ¿Porque sigue dado de alta con ese negocio?; aparte ¿Por cual trabajo les va a cobrar el contador? presentar declaraciones en ceros es ponerles una soga al cuello digan noooo los contadores no somos magos que vamos a desaparecer los problemas, muchos prometen que con ellos no pagas nada, pero quisiera verlos si hacienda te hace una auditoria ¿Van a estar ellos contigo? En los 18 años que tengo con el despacho he sabido de muchos contadores que se desaparecen de repente, con tus papeles, de hecho cuando nosotros contestamos revisiones de nuestros clientes los mismos auditores nos dicen pocas veces vemos a los contadores, son los primeros que se desaparecen.
Pidan copia de sus declaraciones para que vean que se esta cumpliendo.
Las multas pueden ser desde 300 hasta 8,000.00 cuidado.
La ley es la misma para todos no es posible que yo les diga yo te deduzco esto y aquel no, o yo te digo que no importa que pagues en efectivo al cabo hacienda no se da cuenta cuidado los problemas son para usted, cuando tenga duda mas vale preguntar.
Gracias contadora por su asesoría. Debo comentarle que si me han llegado algunos avisos, pero solo como notificaciones que tengo pendiente la declaración de ese mes. Pero hasta ahora nada de multas. Si llegara a recibir alguna notificación con multa, ¿sería muy grave el problema.?
Y tengo otra duda, ¿cómo puedo ir haciendo esos pagos? Es decir, por ejemplo, ¿puedo hacer la declaración de este mes de abril, sin abonar nada a la deuda anterior?. ¿O es mejor ir pagando desde el mes que me atrase con su correspondiente recargo?. Disculpe tanta molestia y gracias por su ayuda.
Denada Fernando, estoy a tus órdenes.Suerte
Julio, gracias por escribir, necesito más información, que te requirieron? por el monto de las multas debe ser una declaracion informativa de operaciones con terceros (DIOT) si ya estaba presentada, se cancela la multa, si no tendrias que hablar con tu contador para saber que paso y solicitar un descuento de las mismas en hacienda.
Mucha suerte, estoy a tus órdenes.
Maria, te dijeron en el SAT que tu esposo tenía multas pendientes que pagar?, si no te notificaron requerimientos ni multas, lo único que tiene que hacer es presentar los pagos provisionales en ceros ya que no obtuvo ingresos, para actualizar su situación fiscal, en caso de que tenga multas pendienes necesitaria solicitar descuento de las mismas ante el SAT, te dan el 50% de descuento.
Mucha suerte y estoy a tus órdenes.
Mercedes.yo te recomiendo que vayas presentando el mes de abril y uno de los anteriores, luego mayo y otro de los anteriores y asi sucesivamente hasta quedar al corriente, pero es muy importante que si te requieren algun periódo y no lo tienes presentado, el mismo dia que te notifiquen lo presentas para que no se genere multa.
Mucha suerte, estoy a tus órdenes.
contadora, tengo dudas sobre la su situación fiscal de una empresa que: no ha presentado pagos provisionales mensuales y sí tienen impuesto a cargo, no sé si ya se presentó la declaración anual, pero la pregunta es ¿se puede presentar la declaración anual y pagar el impuesto que se determine a cargo y dejar de presentar las declaraciones mensuales atrasadas? y ¿que pasa si se presentan las declaraciones mensuales atrasadas en ceros?
contadora, ¿procede el regímen de asimilados con actividad de ganadería y además con excensión de isr?
Gabriela, no entiendo tu pregunta, no se si estas dado de alta como ganadero y como asimilados a salaros?
si es asi tendrias que hacer calculos separados, para determinar los impuestos a pagar.
Espero que con esto quede aclarada tu duda, estoy a tus órdenes.
Gabriela, lo que me preguntas es muy complicado de contestar, mira si se puede presentar la anual aunque tengas pagos pendientes, no es lo que debe ser ya que la declaracion anual es el concentrado de lo que pagaste, ahora si se presentan las declaraciones en ceros ??’ si saldo a pagar o sin ingresos? eso es muy delicado si no es cierto porque el no declarar los ingresos se considera evasion fiscal y eso es un delito, espero con esto haber aclarado tus dudas, estoy a tus órdenes.
contadora Claudia, agradezco mucho que haya prestado atención a mi comentario. Hasta el momento no sabemos si le llegaron multas o requerimientos al domicilio fiscal de León, Guanajuato, le recuerdo que mi esposo no se dedico a vender seguros, por lo que nunca expidió facturas.
La semana pasada (12 de abril 2010) . Acudimos al SAT ubicado en el municipio de Zapopan, Jalisco y al informarles que no obtuvo ingresos con esa actividad, porque nunca se dedico a eso nos dijeron, que la diera de baja, una vez hecho esto, le pidieron dar de alta su nuevo domicilio fiscal, Lo invitaron regularizar su situación fiscal presentando sus declaraciones mensuales y anuales desde el 2005 hasta la fecha, al preguntar si había multas o requerimientos pendientes dijeron que no lo sabían, pero que quizá por no presentar las declaraciones tendría sanciones de bajo costo ¿es cierto esto? También nos dijeron que una vez que termine de presentar todas las declaraciones pendientes, no podrá darse de alta en ninguna actividad hasta que pasen dos años. ¿esto también es cierto? le doy la gracias de antemano.
Maria, gracias por escribir, lo de las sanciones, en mi experiencia he tenido muchos casos como el tuyo, que se cambian de residencia y no se suspenden, cuando quieren abrir otro negocio se enfrentan a que estan como no localizados, pero esto no genera multa,posiblemente pueda haber alguna multa que en aquel tiempo te quisieron notificar ,y por esto estes como no localizada,pero seria solamente una y no siempre existen multas.
Eso de los dos años no lo se tendria que checarlo porque nunca me ha pasado, tendria que ser requisito nuevo.
Mañana lo consulto y te comento, suerte, estoy a tus órdenes.
Contadora: trabaje en el 2008 por tres meses asalariado pero estaba en suspension de actividades. Yo entendia que estaria dado de alta al tener deducciones por la empresa. Hice mi declaracion en abril 2009 y sali con saldo a favor, pero en una notificacion detectaron que no estaba dado de alta , y en la oficina fiscal me avisaron que solo se podia hacer en un plazo de un mes hacia atras. Yo me di de alta este mes con fecha de ano y medio atras para poder solicitar mi devolucion (e hice mi declaracion en ceros 2009 por estar ahora dado de alta). Debo esperar una multa por fechar con anterioridad mi alta aunque no falle en hacer declaraciones a tiempo?, Si es asi, como de cuanto seria? Mi saldo a favor era de cuatro mil pesos. Firma-desempleado asustado.
Jorge, gracias por escribir, como te diste de alta? por salarios? no tienes que presentar declaraciones en ceros solamente estas obligado a presentar la declaración anual en caso de exceder de $400.000.00 de ingresos anuales o que trabajes para más de 1 patrón.
Lo de la devolución te asesoraron mal , no te apures no llega multa por eso.
Te recomiendo que te des otra vuelta a hacienda y cheques lo de la devolución, tienes todo el derecho.
No te asustes, estamos a tus órdenes.
Buen dia. Tengo una sociedad anonima que esta al dia con sus pagos y declaraciones con el sat, y quiero darla de baja pero me dicen que ya no se puede. me dicen que la tengo que disolver y liquidar ante notario. ¿como cuento tiempo me lleva esto y aproximadamente cuanto me cuesta? ¿existe alguna otra opcio para desaparecer del sat a parte de esta? Gracias.
Victor, solo presenta suspension de actividades y con esto ya queda suspendida , ya que si la quieres dar de baja si es un tramite largo, con suspendera ya no tienes que presentar declaraciones.estoy a tus ordenes.
Hola Claudia, espero tengas un buen dia, te comento rápidamente:
Estoy dado de alta como persona fisica con actividad empresarial, régimen intermedio, estoy facturando y llevando al corriente mis declaraciones, pero por cuestiones economicas voy a aceptar un trabajo asalariado, por lo que mi pregunta es la siguiente: ¿tengo que hacer una suspensión de actividades ante hacienda? ¿O puedo seguir dado de alta como persona física? ¿que debo de hacer para suspender actividades?
En espera de tu respuesta y saludos.
que tengas un buen fin de semana
Arturo, gracias por escribir, puedes seguir dado de alta como persona fisica con actividad empresarial régimen intermedio, y salarios sin ningún problema,sigues presentando tus pagos provisionales de tu actividad empresarial y en la anual tienes que incluir los ingresos de las 2 actividades.
Saludos,estoy a tus órdenes.
Hola que tal, mi problema es el siguiente: por un error inexplicable no presente mis declaraciones mensuales del año 2009 hasta el mes de septiembre, no obtuve ingresos (por lo que no di ningun recibo), por lo tanto todas mis declaraciones estaban en cero. Recibi en julio un par de notificaciones de los meses de abril y mayo del 2009 y ni asi realice las declaraciones, como es de suponerse decibi en septiembre 2 multas por omitir las declaraciones de esos meses. En agosto recibi la notificacion del mes de junio, pero no la hice inmediatamente. Realice todas mis declaraciones mensuales en cero inmediatamente despues de recibir las multas, es decir, el 24 de septiembre (las multas llegaron el 23 de septiembre), y el 25 llego la multa del mes de junio que ya estaba presentada. Dicho sea de paso no he pagado ninguda multa aun, por problemas economicos. El problema es que el sat me llamo la semana pasada para indicarme que tengo un adeudo de 9 multas que son las de los meses de abril 2009, mayo 2009 y junio de 2009 por incumplimiento. Ademas de multas por extemporaneidad referentes a dichos meses, las multas anteriores fueron emitidas despues de ya haber presentado las declaraciones. Estoy de acuerdo en que deba pagar las multas de abril y mayo. Mis preguntas son, ¿procede la multa de junio aun cuando me fue entregada despues de que yo ya habia presentado la declaracion correspondiente? y tambien sobre las multas de extemporaneidad ¿son validas, aun cuando su fecha de emision es posterior a la fecha presentacion de las declaraciones? De antemano muchas gracias, me da rabia el saber que me tuve que dar de alta para aceptar un trabajo por honorarios y que solo dure ahi un par de meses, (de hecho los meses que genere ingresos presente mis declaraciones y realice mis pagos en tiempo y forma) y que ahora tengo que pagar multas por mas dinero del que obtuve por ingresos. De nuevo gracias.
Gracias Claudia, ahora me surge otra duda, para comenzar a trabajar en esta empresa, ¿tengo que dar mi rfc que esta dado de alta en el SAT?, es decir ¿con mi homoclave?, y ¿en las anuales integro lo de el iva y el isr?
Creo que es todo, que tengas un buen día y muchas gracias por crear una página en donde se resuelven nuestras dudas, ya que a veces nos quedamos solo con un contador y no vemos más opiniones al respecto, de nuevo gracias. Saludos
Daniel, por desgracia ya es un poco tarde para lamentarse ,no te preocupes, ocupate, en este caso si proceden las multas ya que presentaste las declaraciones después de los 15 días que te da la ley,por eso tienes 2 multas una por extemporaneidad esto es que se presentaron las declaraciones a requerimiento de la autoridad y la segunda por incumplimiento al requerimiento ya que se presentaron 15 días después del requerimiento, una buena noticia es la siguiente, presentate en la oficina del sat que te envio las multas y solicita un descuento del 20% si se paga antes de los 45 días de notificación de la multa y otro descuento del 50% ya que son obligaciones del 2009 y no excedes ingresos de $2,000,000.00.
Suerte, cualquier cosa estoy a tus órdenes.
Arturo, gracias por tus comentarios, esa es mi idea tratar de asesorar a quien necesite, con referencia a tu duda si tienes que dar tu rfc ya que solamente tenemos 1 rfc y en la anual vas a integrar los ingresos pero solamente para el cálculo de isr no para iva ya que la empresa te va a registrar como trabajador por lo cual no pagas iva.
Mira el proceso es el siguiente se acumulan los ingresos de salarios mas el de honorarios se suman se descuentan las deducciones que tengas por tu actividad mas las que tengas de servicios médicos, hospitales, dentistas, lentes, intereses de créditos hipotecarios etc y sobre lo que quede de utilidad se calcula el impuesto, a este se le resta el impuesto que te retiene la empresa como trabajador y el que te retienen por honorarios y te saldra a pagar o a favor.
Espero que haya sido clara en mi explicación, estoy a tus órdenes.
buenos dias contadora soy nueva en esto y quisiera hacer un par de preguntas, puede existir una sociedad cooperativa de responsabilidad limitada de capital variable y es verdad que estan excentas de impuestos todas las cooperativas
Hola de nuevo Monica, me surge otra duda, jajaja creo que ya es la ultima, si tengo mas gastos que ingresos, y mis calculos salen negativos, ¿tengo que declarar en ceros?,lo mismo sale en el ISR y el IETU, por lo que ¿tengo que llevar el formato de el ISR a la tesoreria avisando que salil en ceros o solo basta con declarar en ceros ante hacienda? Que tengas un bonita, bonito fin de semana
Saludos Contadora:
Mi situación es la siguiente:
El pasado 26 de Mayo del 2010 presenté mi declaración anual correspondiente al periodo 2009 (se me paso presentarla en abril). Para lo cual me arrojo un saldo a favor, por lo tanto proporcione mi clave interbancaria, firmando y concluyendo mi declaración. Mi pregunta es, que si el sistema me permitio cerrar la declaración, todavia es posible que me depositen mi saldo a favor, ya que en el portal de internet de sat en la sección de «consulta de devoluciones automáticas de impuestos» no aparece ninguna información. Le agradeceria me orientara al respecto.
Saludos
Hola.
Estoy dado de alta como persona fisica regimen intermedio empresarial, compre una mercancia en USA por 1800 dlls para un cliente que no la encontraba en Mexico, me la mandaron por UPS, llego aqui a Mexico me contacta el personal de UPS y me dice que no puedo venderla, me enviaron una carta de no comercializacion, para que la firmara de otro modo la mercancia se perdia,
Mi pregunta es, si la vendo ? que sucede ? no estoy en la situacion para perder dinero despues de pagar mis impuestos a UPS y traeerla legalmente al pais, que me recomiendan hacer para revocar esa no comercializacion es ilogco.
Como se manejan estas situaciones por el SAT.
Agradezco su apoyo, y creo que somos varios los agradecidos por sus comentarios.
Saludos !!
Contadora, me llegaron 3 multas por pago extemporaneo, ya pague las de omision (diot), mis ingresos son mayores a $2,000,000.00… hay alguna manera de obtener un descuento ?
Ademas, me llego un exhorto a presentar una diot, con fecha del 23 septiembre 09 y yo la presente el 18 de agosto 09, debo investigar si el SAT aún la tiene como pendiente o hago caso omiso ?
Gracias
Hola, buen día. Estaba trabajando con un contador desde el 2008, y estaba todo bien, hasta que a partir de principios de este año 2010 empezo a no estar localizable, y le entregue todos los documentos para que se realizará el trámite de la Declaración Anual, (la cual no ha sido presentada) y se excusaba con que tenía problemas, andaba muy ocupado, y no me daba ni la relación si salía a pagar o no, solo me dijo una cantidad pero después que estaba érronea, que era menor. Y ahora me sale que por cuestiones personales, no tiene los documentos que por problemas con su esposa, que están divorciándose y que no lo deja ni acercarse ni entregarle nada de lo que tiene de sus clientes, para lo cual esto me preocupa, ya que me dijo que me firma un Acta de responsiva, o que si no que lo demande, y al parecer según ya tiene una demanda que apenas verificaré, pero este es el problema que tiene todos los docuementos y no se ha presentado mi declaración anual por este problema. Qué puedo hacer al respecto???? Gracias.
Hola, como procede el retirar las ganancias, estoy ante el SAT como P.F. actividad empresarial, si gano 10000, pago 1600 de impuestos y mi ganacia es de 3000 , como retiro ese dinero, con cheque, tarjeta ? y como lo declaro ante el SAT ?
gracias !!!!
hola contadora tengo una gran duda , mi padre murio hace un año y 3 meses y el tenia una empresa como s.a de c.v el era el accionista mayoritario y administrador y representante legal , el otro accionista es mi madre yo estoy como comisario ,economica mente quedo mal la empresa con muchas deudas a proveedores mismas que gracias a dios poco a poco las hemos ido pagando haci como impuestos de facturaciones y seguro social todo al corriente , pero hay un detalle en este tiempo no se ha modificado el acta constitutiva para poner a otro socio o establecer el representante legal y administrador , mi madre esta muy enferma tiene dos balbulas coronarias operada hace 7 años esta estable pero por stress y preopaciones hay dias que recae un poco , hablamos con el contador para el problema del acta constitutiva y nos dice que se puede hacer suspencion de actividades sin haber modificado el acta antes para ahorrarce la modificacion con el notario, siempre y cuando esten ya pagados al 100% todos los proveedores ya se debe menos , y queremos ser del regimen de pequeño contribuyente ya no facturar por que el negocio ya a bajado mucho en ventas por muchos factores competencia, crisis , le agradeceria inmensamente que nos diera alguna sugerencia o resolviera nuestras dudas estoy en verdad muy preocupado .
Daniel, lamentablemente si proceden las multas para evitar el pago de las mismas tendrias que haber presentado las declaraciones requeridas el mismo dia que te requirieron y para evitar las de extemporaneidad tendrias que presentarlas dentro de los 15 días posteriores a la notificacion del requerimiento, pero no te preocupes, ocupate, te recomiendo que solicites una cita en la oficina del sat que emitió la multa en el departamento de cobranza y solicites descuento del 50% de las mismas y si no han pasado 45 días habiles de la notificación de las multas tienes derecho también al 20% de descuento, explicales que no excediste de los $2,000,000.00 de ingresos en el año para que te tramiten el descuento.
Suerte,estoy a tus órdenes.
Oswaldo, te recomiendo que solicites una cita en el sat en el modulo de devoluciones para verificar si va a proceder la devolución automática ya que se presentó fuera de tiempo, en el módulo te van a comentar que tramite hacer para tramitar la devolución, ya que en la página yo también he querido checar a algunos clientes y no permite la entrada a esa sección.
Suerte, estoy a tus órdenes.
Samuel, la cuestión es que para vender mercancía americana se tiene que importar por medio de agente aduanal, tendrías que estar registrado en el padrón de importadores, y haber realizado la importación por medio de un pedimento de importación, lo que hiciste fué importarlo para uso personal pero no para comercialización.
La verdad no se si puedas pagar alguna diferencia para poder comercializar dicha mercancía te recomiendo que lo verifiques en el sat.
Suerte, estoy a tus órdenes.
Cinthia, con referencia al descuento si estas dentro de los 45 días después de la notificación de la multa tienes derecho al 20% de descuento y te recomiendo que si te llego el exhorto verifiques que el sat tenga como presentada la declaracion y que no tengas algún error ya que la multa por el diot es altisima.
Estoy a tus órdenes.
Gina, no tienes copia de la papeleria que tiene el contador? te recomiendo que te ocupes de esto ,trates de conseguir copias o duplicados de los ingresos y los gastos que le entregaste ,para que presentes lo que este pendiente, ya que para el sat, la obligación de presentar las declaraciones es del contribuyente no del contador, independientemente de que lo demandes o no, lo importante es presentar lo que esta pendiente.
Estoy a tus órdenes, suerte.
Julio, como persona física , puedes sacar tus utilidades como gustes ,ya que pagaste impuestos de esta utilidad,en referencia de como lo declaras? no tienes que informarlo ya que no sería deducible puesto que no tendría comprobante deducible alguno.
Estoy a tus órdenes.
Rodrigo, para hacer alguna modificación al acta constitutiva la tienen que realizar ante notario público, lo que te dice tu contador anteriormente era lo más viable pero ya no permiten que una sociedad anónima se suspenda obligaciones tienen que realizar la liquidación de la sociedad, por lo cual te recomiendo que te presentes con el notario para que se modifique el acta constitutiva y puedas realizar los trámites pertinentes para evitarte multas y problemas, estoy a tus órdenes.
Contadora: el dia de hoy revisando mi correo, me llego por parte del SAT un aviso de que tengo un adeudo de 25, 230 donde me invitan a pagar sin mencionar el motivo del adeudo. Consulto en internet la parte de multas y requerimientos y veo 3 que tienen la misma fecha de emision y mismo concepto informativa mensual, investigando se que existen varias informativas. Al comunicarme al 01800 de sat al area de cobranza me dicen q son multas, pero tampoco me dicen de que concepto son, hice cita en mi oficina tributaria, pero si me gustaria conocer un poco mas ya que a mi nunca me llegaron los requerimientos via mail o impresos. Que puedo hacer? Agtradeceria su respuesta a mi correo….
Gaby, por desgracia el SAT te requiere o te multa sin avisarte solamente por estrados esto es que lo publican en las oficinas del SAT lo cual es algo injusto para el contribuyente, yo te recomiendo que si estas segura que no recibieron ningún requerimiento en tu domicilio fiscal, te inconformes ante el SAT porque las multas están altísimas y no es justo que pagues por algo que no te notificaron .
Presentate ante la oficina del SAT y que te expliquen cuando supuestamente te notificaron y lo más seguro es que te digan que fue por estrado lo cual tu no puedes corroborar , pero tienes derecho a inconformarte,para que te cancelen las multas.
Mucha suerte, estoy a tus órdenes.
Hola buenas tardes Claudia tengo una duda estoy dado de alta como persona fisica en el regimen de intemedio desde el 2005 y apartir del 2007 deje mi negocio, para trabajar en una empresa como asalariado, tengo todos mis pago provisionales y declaracion anuales presentados lo que no he presentado son las DIOT las debo de presentar debido a que ya me quiero dar en suspension de actividades pero tengo la duda si las debo de presentar ya que apartir del 2007 no tuve ingresos …… aah tambien debo de presentar el IETU …? antes de presentar la suspencion de actividades….? Gracias por tu apoyo espero tus comentarios
Buen dia,
Tengo un requerimiento por parte del SAT el cual dice que la informacion que proporcione de la
DIOT no corresponde a las presentadas por los proveedores. Esto es del 2008.
Me solicitan varios documentos, que hago?
Gracias
Hola me di de alta ante hacienda saque mi RFC para poder facturar pero al momento de solicitar mis facturas me entregaron una hoja de la SECOFI que tien la siguienet leyenda las obligaciones registradas ante el SAT no permiten la impresion de este tipo de comprobante ¿ a que se debe dicha accion?
Contadora, tengo una gran pregunta… en la empresa hemos declarado los ultimos 2 meses en ceros, aunque estamos a punto de presentar las complementarias, pero necesitamos hacer una importacion definitiva de una materia prima (SI estamos registrados en el padron de importadores y lo haremos por medio de Agencia Aduanal) sera posible que estemos bloqueados para hacer importaciones, por parte del SAT? agradezco su respuesta…
Luzy discupa la tardanza buenas tardes, para que estes tranquila si te recomiendo que presentes todos los provisionales y las informativas en ceros en el caso del diot se presenta sin información para que no tengas sorpresas después y ya puedas guardar todo completo junto con la suspension de actividades, estoy a tus órdenes.
Maris, checa la información que presentaste con los documentos que ampara dicha declaración y tienes que presentarte porque ya te esta requiriendo la autoridad, junta todo lo que te piden y presentate si hay algún error tendrías que presentar una complementaria antes de presentarte para que les comentes que ya viste el error y lo corregiste.
Suerte, estoy a tus órdenes
Jari, gracias por escribir, lo más seguro es que te diste de alta como pequeño contribuyente y en ese régimen efectivamente no estas autorizado a la impresión de facturas, verifica tu alta y si necesitas dar comprobantes presenta un cambio de régimen a régimen intermedio para que puedas expedir facturas, suerte.
Estoy a tus órdenes.
Susy, lo más seguro es que si estén bloqueados ya que cuando estas en el padron de importadores tu empresa esta más expuesta a que la chequen, en la página del sat hay un apartado para importadores podrias verificar ahi
Buenos dias contadora, me podria ayudar para llenar el formato 15AP1A03, ya que tengo una duda en donde dice ingresos cobrados del periodo, se anotan los del mes unicamente, o los desde el inicio del ejercicio hasta el ultimo mes, gracias de antemano.
HOLA CONTADORA
MI PREGUNTA ES LA SIGUIENTE
LE PRESTE A UN AMIGO UNA CASA QUE TENIA DESOCUPADA APROX. UN MES, ESTE SR. DIO DE ALTA A SU EMPRESA CON ESE DOMICILIO, AHORA HA LLEGADO PERSONAL DEL SAT A PRACTICAR UNA AUDITORIA, LES NFORME QUE ESTE SEÑOR YA NO HABITABA AHI; MI PREGUNTA ES QUE EN CASO DE QUE A ESTA EMPRESA LE DETECTARAN ALGUNA SITUACION DE INCUMPLIMIENTO, YO TENDRIA ALGUNA RESPONSABILIDAD
Faustino perdon los formatos no los ubico con ese numero es para la declaración anual?
Elias, gracias por escribir, mientras no recibas notificación alguna a nombre de esa empresa no debes tener problema, te recomiendo como quiera si te presentas en el sat para emitir una aclaración de que ese domicilio no es de esa persona, para que no te molesten.
Suerte, estoy a tus órdenes.