Multas fiscales, consejos para disminuirlas o cancelarlas

30 octubre 2009 por C.P. Claudia Castillo

Hola, como están con la mala situación económica que atravesamos en el país, en lo último que queremos pensar es en multas fiscales, pero como la Secretaría de Hacienda necesita recursos, están enviando requerimientos de obligaciones omitidas y al no atenderlos, su consecuencia es una multa o crédito fiscal.

Por el momento, vamos a hablar de multas por incumplimiento de obligaciones fiscales, en caso de omisión de presentación de pagos provisionales, declaraciones anuales y declaraciones informativas.

La condonación y exención de multas está contemplado en el código fiscal de la federación en los artículos 39 y 74 en donde se establecen las facultades de la autoridad de condonar o eximir total o parcialmente el pago de contribuciones y accesorios y de la SHCP para condonar multas.

En el caso de que la multa se pague dentro de los 45 días siguientes a la fecha en que se notifique tiene una reducción automática del 20% de su monto, sin necesidad de que se solicite.

Se puede obtener hasta un 50% de descuento del monto de la multa, si se obtuvieron ingresos menores a $2,000,000.00 en el ejercicio 2008 , para esto tenemos que sacar una cita en la Administración de Recaudación que nos envió la multa (este dato se encuentra impreso en la multa) en el modulo de atención de requerimientos, llevando el original de la multa y original del documento que generó la multa (pago provisional, declaración informativa, anual etc.)ya  presentado con su acuse de recibo respectivo, o su comprobante de pago según sea el caso.

La cancelación por prescripción de una multa, se obtiene a solicitud del contribuyente, una vez transcurrido el término de 5 años establecido en el artículo 146 del CFF contado a partir de que el crédito pudo ser exigido o a partir de la fecha de la última gestión en cobro.

También se pueden cancelar los créditos fiscales que por su monto resultan incosteables en el cobro y aquellos en los que el contribuyente resulte insolvente según el artículo 146 del CFF ,último párrafo, donde se menciona que se cancelarán de las cuentas públicas, no obstante que dicha cancelación no libera al deudor de su pago, esto es que si en determinado momento se pudiera hacer el cobro al contribuyente se le haría aunque ya estuviera cancelado, siempre y cuando no hayan transcurrido más de 5 años.

Nosotros en el despacho, ya hemos solicitado el descuento de multas al 50% sin ningún problema, y también la declaración de una persona física insolvente, para la cancelación de sus créditos.

Los invito a tratar de estar más al pendiente de sus obligaciones y del cumplimiento de las mismas, ya que este año y el próximo van a ser años difíciles y las autoridades necesitan recaudar más dinero, por lo mismo enviarán más requerimientos y multas.

Me despido de ustedes, y espero que con estos datos salgan beneficiados de alguna manera.

513 comentarios para “Multas fiscales, consejos para disminuirlas o cancelarlas”

  1. concepcion navarro dice:

    hola claudia

    me llamo la atencion tu disposicion y amabilidad para atender a las dudas de personas que ignoran los tramites y obligaciones fiascales que son acreedoras y como no vi ningun agradecimiento
    graciaaaas

  2. FAUSTINO MENDOZA DE LA CRUZ dice:

    Hola contadora buenas tardes, leyendo los comentarios de los demas me doy cuenta de que somos varios que tenemos el mismo problema y la verdad si me gustaria que me diera su opinion de que puedo hacer mi caso es el siguiente: Resulta que hace ya varios años me inscribi en el RFC. en le regimen intermedio con actividad economica de Siembra y cosecha de maiz grano (esta es la actividad en la que obtengo el 100% de mis ingresos) el fin era recuperar el impuesto de IEPS indebido que utilizo en mi maquinaria agricola, pero por alguna razon nunca fui beneficiado por este subsidio y la persona que me dio de alta nunca me suspendio, y hace 3 dias me llego un requerimiento en el que me pide que debo pagar ciertas multas por no presentar pagos provisionales de ietu e isr, que debo hacer para no pagar pues como le menciono mi actividad economica siempre ha sido en el sector primario y hasta donde yo se no estoy obligado a pagar estos impuestos , ademas de que la disque contadora que me dio de alta pues no se hace responsale de nada a pesar de que ya le reclame porque nunca me suspendio. Agradeceria mucho su opinion al respecto ya que soy un campesino que no sabe como reaccionar ante dicha situacion.

  3. Miguel ANGEL dice:

    Hola me dedico a vender por internet paquetes de ropa americana por los cuales recibí depósitos desde el 2009 a la fecha. Me llego la carta del terror invitando a regularizarme, por ignorante nunca me di de alta y tengo un monto muy elevado y supongo en 2010 y 2011 vendrán al triple sinceramente ya no se para donde ir o a quien acudir.

  4. Miguel, buenos días la verdad si esta preocupante tu situación ya que no tienes de donde comprobar esos ingresos que depositaste, la verdad no te quisiera asesorar mal, voy a checar como se puede regularizar desde el 2009 sin estar dado de alta tienes comprobantes de gastos de esas fechas??? porque si se puede tendrías que declarar lo que depositaste como ingreso y tener gastos que soporten las salidas para que no pagues tanto, lo checo y por este medio te respondo como se le puede hacer , por lo pronto localiza todos los comprobantes de gastos que tengas.

    Yo te respondo por este medio, saludos.

  5. Faustino, buenos días me apena ver que tu contadora actúo así, en fin, necesito saber si te llego la multa sin tener requerimiento anteriormente?? porque si no te requirieron se puede solicitar un recurso de revocación y se cancelan las multas, otra cosa, porque estas como régimen intermedio? creo que en tu actividad podrías estar como pequeño contribuyente o régimen simplificado.
    Si me pudieras escanear tu alta podría verificar si estás obligado o no a lo que te están multando y si no está dentro de tus obligaciones con el alta de hacienda se cancelan.
    Para asesorarte bien te pediría por favor mandarme por correo tu alta y las multas y con eso te puedo ayudar a solucionar tu problema, estoy a tus órdenes, espero tu correo.

  6. Concepción, gracias por tu comentario, estoy a tus órdenes.

  7. Hector, buenos dias lo que tienes que hacer es regularizar tu situación fiscal, tienes razón en tu actividad se estima una utilidad aproximada del 10% nosotros manejamos lotes de autos en nuestro despacho y así es, al realizar tu declaración anual con los ingresos que ellos están tomando como utilidad y los gastos respectivos, pagas los impuestos correspondientes y con eso debe cancelarse la multa ya que las multas las están calculando considerando que todos los ingresos son utilidad.
    Estoy a tus órdenes.

  8. Martha, buenos días la verdad dejame consultar que más puedes hacer . tu estabas dada de alta? o tu amigo? es muy importante que trates de conseguir la mayor papeleria que puedas ya sea con la esposa, el contador,etc. como quiera voy a tratar de checar que puedes hacer, yo te aviso por este medio.
    Saludos, estoy a tus órdenes.

  9. Any, si presentaste el diot dentro de los 15 días en que te llego el requerimiento solamente va a ser la multa por incumplimiento, si fue después si tendrás las dos multas, el descuento viene en el formulario de pago que tiene que llegar a tu domicilio.
    Estoy a tus órdenes.

  10. Luis, no estas dado de alta? o si ? si estas dado de alta tienes que presentar tu declaración anual para que con eso compruebes los ingresos y los gastos y se cancele la multa que tienes ya que las multas las calcularons sobre los ingresos ya que ellos no tienen el dato de los gastos.

    Estoy a tus órdenes.

  11. DORYS dice:

    C.P. CLAUDIA….ACABO DE RECIBIR UNA MULTA A NOMBRE DE MI ESPOSO LA SITUACION ES LA SIGUIENTE YO ESTOY TRIBUTANDO EN EL REGIMEN DE PEQUENOS CONTRIBUYENTES Y MI ESPOSO TRABAJA CONMIGO EN EL NEGOCIO ANTERIORMENTE EL ERA EL QUE ESTABA DADO DE ALTA Y DIO AVISO DE SUSPENCION DE ACTIVIDADES EN EL 2009 Y POR IGNORANCIA ESTUVIMOS UTILIZANDO LA CUENTA DE CHEQUES A NOMBRE DE MI ESPOSO PARA REALIZAR LAS COMPRAS DEL NEGOCIO Y AHORA EL SAT LO ESTA REQUIRIENDO POR ESOS DEPOSITOS REALIZADOS EN LA CUENTA DE MI ESPOSO Y LA MULTA ES MUY GRANDE…QUE PUEDO HACER???
    GRACIAS POR SU AYUDA

  12. loren dice:

    buenas noches contadora, para pedirle un consejo, tengo una multa diot, la cual se me vence el viernes prox. intento presentar un rec de revocacion por multa excesiva, ya que no tengo los recursos economicos, ademas de q ya suspendi la obligacion de act. empresarial. .. mi error fue disminuir la obligación un 3 de mayo d 2011 ,, y x esos 3 dias me requirieron la diot la cual se me paso presentar. efectivamente,´pero no tengo el dinero para el pago de esa gran multa… ahora bien revisando la acta de notificacion dice en tipo de documento::multa por presentación de decl. a req. de autoridad….. pero en la forma de pago dice ….el sat determino multa por no proporcionar la inf de op con terc. en el plazo establecido……… esto lo puedo considerar como un agravio???? y si es asi como lo fundamentaria?’?
    de antemano muchas gracias x tomarse la molestia de leer,,,

  13. FAUSTINO MENDOZA DE LA CRUZ dice:

    Hola contadora le agradezco que se haya tomado la molestia de leer mi caso y mejor aun que me apoye con esto, mire la verdad es que cuando yo tengo un tractor y esta señora me invito para recuperar un porcentaje en efectivo de lo que consumo en diesel y asi fue como me inscribio; me explico que me inscribiria en el regimen intermedio porque en este regimen obtendria un poco mas de dinero en este subsidio, sin embargo, por X razones nunca fui beneficiado, yo le comente que lo mejor seria que me diera der baja y segun ella asi lo haria, pero hasta ahora me di cuenta de que nunca me dio de baja y por eso me llego este requerimiento en el que me dice que se me imponen algunas multas por los avisos y declaraciones no presentadas. Cuando fui a ver a esta señora que me inscribio le pedi que me devolviera la documentacion que le dieron cuando me dio de alta pero se nego, dijo que ya habia pasado algo de tiempo y que como nunca trabaje con ella pues que ya no la tiene, por eso pedi informacion con otras personas y fui a el SAT a solicitar mi clave CIEC cone lla ya pude ver como esque estoy dado de alta, le envio mis datos que saque del portal de internet. y le enviare mi requerimiento para que me apoye si es usted tan amable.

    Le agradezco mucho su atencion y apoyo.

    P.D. seria tan amable de proporcionarme su correo electronico para enviarle mi iinformacion. Gracias el mio es zary_87@hotmail.com

  14. Daniela Romero dice:

    hola Contadora, resulta que yo no me encuentro dada de alta en hacienda y me ha llegado un requerimiento de pago por supuesta omisión de declaración de ISR en 2009, que según entiendo se deriva de depósitos que se realizaron a mi cuenta de banco. Es legal??

  15. Antonio Maldonado dice:

    contadora buenas noches existe alguna forma de rebocar un requerimiento por no presentar en tiempo y forma la diot, habiendo un requerimiento de multa

  16. Antonio, buenas noches no entiendo te llego un requerimiento antes de la multa? o no? , si te llego requerimiento y no se atendió si procede la multa pero si no llegó requerimiento y solamente llegó la multa se puede solicitar un recurso de revocación si me puedes mandar más información para poder ayudarte.
    Estoy a tus órdenes.

  17. Faustino ,buenas nochea claro mi correo es claudia@castgom.com mandame lo que tengas y con gusto te respondo el correo.
    Estoy a tus órdenes.

  18. Daniela, la verdad no se que decirte en las multas no viene impreso fundamento legal alguno, voy a checar y les comento por este medio.
    Estoy a tus órdenes

  19. Consepcion dice:

    la secretaria de finanzas del estado de jalisco me multó por no presentar la declaracion mensual de marzo del 2007, pero… en el mismo formato me esta requiriendo y multando a la vez… ¿Esto es legal? o en su caso que procede hacer? el requerimiento fue notificado en el 2008 y al dia de hoy 05 de diciembre del 2010 aún me estan llamando para pagar dicho requerimiento… ¿Tengo aun algun precedimiento de cancelacion? Agradeceria su respuesta. Mil gracias.

  20. Christian Romero dice:

    Hola contadora antes que nada agrandezco este tipo de espacios ya que nos ayudan mucho a nosotros los contribuyentes, mi caso es el siguiente:
    Me llego una notificacion por no presentar la declaracion informativa de operaciones con terceros del mes de julio y agosto 2011 lamentablemente no lo presentente en el plazo citado y lo presente despues, posteriormente me llego una multa por incumplimiento y por atencion a requerimiento si no me equivoco osea dos por cada mes en cantidades exesivas. Mi pregunta es si existe alguna forma de poderlas cancelar, yo soy una persona fisica que esta dada de alta como arrendamiento de mas de 80 años que vive basicamente de 3 rentas, no dedusco nada ya que se supone que opto por la deduccion ciega, y ahora me multan por esto, cuando no tengo deducciones y mis ingresos son minimos….Le agradeceria me pudiera me pudiera ayudar con este caso, Saludos cordiales.

  21. Sr Christian, lo que se puede hacer es solicitar la condonacion de la multa, especificando la situación de la edad y recursos económicos si la respuesta es negativa, solicitar la cancelación por insolvencia económica.
    Espero que la respuesta sea a favor de usted.
    Estoy a sus órdenes.

  22. Buenas noches Consepción, si se podría haber cancelado ya que no se puede requerir y multar en el mismo documento es primero el requerimiento y posteriormente la multa, pero para presentar un recurso de inconformidad de la multa tiene un plazo de 45 días hábiles, no se si después de tanto tiempo se pueda cancelar.
    Ya que en la ley solamente contempla los 45 días habiles para la presentar el recurso, intenta solicitarlo haber si lo aceptan.
    Pór favor avisame como te va con el trámite.
    Estoy a tus órdenes.

  23. Christian Romero dice:

    Buenas noches contadora en relacion a su amable respuesta, le agradeceria si me podria apoyar con la forma de realizar el procedimiento para solicitar la condonacion de una multa, ya que como le comentaba soy una persona mayor y aparte con problemas visuales no se si eso pueda ayudar en mis argumentos, ademas de que e pagado mensualmente todos mis impuestos correspondientes de isr,ietu e iva….Agradesco su apoyo.Saludos

  24. Sr Christian, necesitaría más información para ayudarle, si me pudiera escanear los documentos con que cuente para darle una mejor asesoria, con gusto trato de ayudarle.
    Estoy a sus órdenes.

  25. Martha dice:

    Hola licenciada yo de nuevo contestando a su pregunta mi amigo era el que estaba dado de alta yo no, eh tratado y tratado con toda la gente que tuvo contacto con la documentacion pero no logro conseguir nada la esposa me dice que desconoce el paradero del contador y que ella no sabe nada… espero pueda ayudarme se lo agradecere toda la vida.

  26. Christian Romero dice:

    Buenos dias Licenciada le mande mis documentos en relacion a mi caso a su correo le agradeceria los pudiera verificar, que tenga un excelente dia.Saludos.

  27. Noemi Castellanos dice:

    Hola CP Buena noche!!
    Hace unos dias me llego un oficio de hacienda diciendo que me tengo que presentarme en sus oficinas para aclarar mi situacion referente a unas obligaciones fiscales omitidas desde el 2008 a la fecha, pero no menciona cuales son. Me preocupa e intriga pues, no he dejado de presentar ni de pagar mis declaraciones nunca. Fui a preguntar de que se trata y me dijeron que es un programa nuevo para ver porque he ido bajado mis ingresos y por tanto el pago de impuestos; pero checado mis pagos ha sido al contrario, han ido aumentando. La verdad, quisiera saber si ud. me puede orientar de que se trata y que puedo hacer. De antemano agradesco a ud su orientacion y pronta respuesta.

  28. Noemi, lo que pasa es que el SAT inició una campaña para que los contribuyentes actualizen la información ante ellos.
    No te preocupes te sellaron el oficio? para que compruebes que te presentaste? o te dieron algún documento?
    Mantenme informada, estoy a tus órdenes.

  29. Christian Romero dice:

    Buenas tardes contadora aqui molestandola de nuevo no se si pudo verificar el correo que le mande en relacion a mi caso. Muchas gracias y espero su respuesta.

  30. hola contadora fijese que no soy muy antigua en esto del requerimiento y pues yo tengo dos clientes con dos requerimientos y no se como hacerle a uno le llego una multa de 79000 otra de 340000 , otro po 92839 este ultimo si esta dado de alta pero se suspendieron actividades en el mes de abril de 2010 que porcedimiento debo de seguir

  31. Tu eres contador? necesito más datos para poder ayudarte, les llegaron a tus clientes las multas??? sin requerimiento de por medio o les llegó el requerimiento y al no responderlo llego la multa????? de que tipo de obligación les están multando.

    Espero tus datos para ayudarte, estoy a tus órdenes

  32. Sara Valdivia dice:

    Hola: Por favor me podria decir que esta pasando, a finales del 2011 muchos conocidos les esta llegando requerimientos de Hacienda con montos elevados para pagar, me dicen que son por las cuentas bancarias que tienen movimientos y que no estan dados de alta en Hacienda, algunos dicen que es por el IDE, pero no se cual es la verdad, tambien como varios estoy asustadoa pues cuento con cuenta y tengo movimientos.Que criterios esta tomando hacienda en sus multas? y a quienes estan multando realmente?. Gracias de antemano.

  33. Sara, tienes razón mucha gente me ha pedido asesoria al respecto, han requerido a personas que tienen depósitos de montos altos de dinero y que no estan dados de alta en Hacienda, para que comprueben de que son los ingresos.
    Tienes razón se relacionaron por la retención IDE por los depósitos en efectivo.
    Mi recomendación es que si tienes alguna actividad empresarial aunque no te pidan factura hay que darse de alta para evitar problemas

    Estoy a tus órdenes

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    C.P.Claudia Castillo

  34. Adrian, comentale a tu amigo que se presente ante el SAT con la multa y con la papeleria que pueda comprobar que le prestaron ese dinero y con eso debe quedar cancelada la multa.

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    C.P.Claudia Castillo

  35. rosal dice:

    hola buenas tardes cp claudia tengo una duda ojala pueda comentar que se puede hacer ; a un contribuyente le llego el 13 de enero 2012 un requerimiento de obligaciones omitidas, el dia 18 de enero 2012 le llego un citatorio y el 19 del mismo mes llego un acta de notificacion, todo esto en su domicilio fiscal, ; el contribuyente no habia efectuado el pago de la declaracion de iva de noviembre 2011 y por eso es que le llego todo lo anterior, pero el dia 19 de enero efectuo el pago de la declaracion de iva correspondiente de noviembre 2011, cabe mencionar que todos estos doctos fueron entregados a la empleada del contribuyente, entonces mi duda es que si procede una multa ? y que hacer una vez efectuado el pago y de que llegaron estos documentos? gracias de antemano.

  36. Rosal, cuando te llego el primer requerimiento el dia 13 firmaste de recibido? o firmaste hasta que llegó la notificación el día 19.
    Si los primeros solamente llegaron por correo y solamente firmaron de recibido el acta de notificación el día 19 no procede multa ya que presentaste la obligación el mismo día que te llegó, y en la ley especifica que todos los documentos y requerimientos inician efectos al día habil siguiente al que se notificó.

    Si firmó acuse de recibo el día 13 o 18 si procede la multa ya que se presentó la obligación después del requerimiento.

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  37. Miguel Ángel dice:

    Hola Contadora…
    Tengo un cliente que esta inscrito como REPECO desde el 2008 con un negocio de una cervecería, pero cuando lo dieron de alta en el SAT en sus actividades le pusieron la siguiente: «Comercio al por menor de bebidas alcohólicas no clasificadas en otra parte» con lo cual sus obligaciones incluyeron presentar declaraciones mensuales, trimestrales y anuales de IEPS por la producción, enajenación e importación de bebidas alcohólicas, cuando su única actividad es compra-venta de cervezas… de esto mi cliente ni siquiera sabía de esas obligaciones ya que en su cédula de identificación fiscal por ser repeco no tiene sus actividades detalladas, solo aparecen en la guía de obligaciones. Por lo anterior, se dio de alta en finanzas del estado y estuvo haciendo sus pagos bimestrales con normalidad. A la fecha, la cervecería esta cerrada, y mi cliente sigue tributando porque le interesa seguir conservando su licencia estatal de alcoholes. En octubr pasado, le llegó un requerimiento del SAT en el cual le requirió una declaración trimestral del IEPS por alcoholes del 1er trimestre de 2011 y fue cuando mi cliente se dio cuenta de que tenía esas obligaciones, yo presenté todas las declaraciones mensuales, trimestrales y anuales y ya actualicé sus obligaciones por lo que ahora ya no las tiene mas. El problema es que por lo del requerimiento el SAT le notificó una multa, pero mi cliente no tiene el acta de notificación de la multa (la cual dice que no le dejaron los notificadores) y quisiera que me orientara sobre que se puede hacer para solicitar una condonación de multas o al menos una reducción de ésta, ya que la multa es de $6,940 y la verdad mi cliente no tiene los recursos necesarios para pagar esa cantidad. Cree que el SAT nos pueda condonar el 100% de la multa? y que sería necesario realizar? o que opciones podemos tener? lo de que no se haya notificado correctamente no creo que sea el caso, ya que muchas personas no le dan la importancia necesaria a los documentos que se reciben, aunque mi cliente afirma que los del SAT no realizaron correctamente el procedimiento para la notificación. Saludos

  38. Miguel Angel, como tu cliente no esta seguro de que se hubiera firmado un acuse de recibido, no te recomiendo que tramites un recurso de inconformidad, lo que puedes hacer es solicitar un descuento del 50% de la multa ya que tu cliente es pequeño contribuyente y a ellos si se les puede conceder descuentos del 50% solo hay que pedirlo porque ellos no te ofrecen descuentos.
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  39. c.p. Gallardo dice:

    hola contadora buenos dias, me llego un requerimiento por incumplimiento del pago provisional de IETU OCTUBRE 2011, la declaracion fue presentada pero con el mes de (noviembre 2011) la declaracion debio ser de octubre 2011.
    el requerimiento llego el 12 enero 2012 y envie la correccion el 13 de enero 2012; y si procede me hago acreedora a una multa… mi duda es: a cuanto asciende mi multa??

    espero y me pueda ayudar contadora.
    gracias

    saludos

  40. C.P Gallardo, lo más seguro es que si le llegue multa aproximadamente es por 900.00 y puede pedir descuento del 20% si la paga dentro de los 45 días después de que se la notifican.

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  41. Miguel Ángel dice:

    Muchas gracias por su ayuda Contadora, muy útil su comentario y sugerencia… saludos

  42. Raul Rodriguez dice:

    El pasado 15 de diciembre me llegaron dos multas ,una correspondiente al mes de julio y Agosto, por falta de información a terceros, el contador que lleva mi caso me indica que hay que pagar ya que las declaraciones aunque se presentaron en tiempo, procede la multa.lo cual no estoy del todo de acuerdo. en fin me quiero evitar mas dificultades con hacienda , pero por el momento no tengo diponibilidad de efectivo habra alguna forma que por lo menos pudiese pagar el 50% de dichas multas.
    de antemano gracias por la información que pudiesen proporcionarme.

    saludos

    Ing. Raúl Rodriguez

  43. Martin Roman dice:

    Hola Contadora Claudia buenas tardes, que puedo hacer en el caso de perdida de documentacion, ya que mi documentacion fue extraviada(facturas), pero debido a una intervencion quirurgica no continue realizando actividades sin suspenderme en el sat, no he presentado declaraciones desde el 2009, mi regimen es intermedio, ya tengo una multa de setecientos pesos, que puedo hacer en este caso?, gracias por su atencion.

  44. OSCAR UDABE dice:

    BUEN DIA CLAUDIA MIRA ESTA ES LA SITUACION AL PATRON LE LLEGO LA INVITACION DE REGULARIZAR EL ISR DEL 2009, PERO HACEN REFERENCIA UNA CUENTA DE UN BANCO QUE ESTA CANCELADA DESDE HACE 10 AÑOS Y EL TITULAR DE ESA CUENTA
    ESTA EN SUSPENSION DE ACTIVIDADES DESDE ENTONCES, Y ESTAN COBRANDO ISR
    POR DEPOSITO QUE SUPUESTAMENTE FUERON REALIZADOS EN EL 2009.
    COMO LE PUEDO HACER PARA CANCELAR ESA «INVITACION»
    SALUDOS

  45. Raúl, si se hubiera presentado en tiempo las declaraciones, no procedería la multa, en cuanto a lo del pago tienes 45 días habiles para pagar con el 20% de descuento si aún con este tiempo no completas, creo que se puede pagar en parcialidades tendrías que verificarlo en la oficina del sat que te multó.

    Estoy a tus órdenes.

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  46. Martín si no tienes las facturas con los estados de cuenta bancarios, puedes calcular tus impuestos ya que se deben de calcular en base al flujo de efectivo.

    Te recomiendo que le pongas atención a regularizarte y suspender actividades, para evitar más multas.

    Estoy a tus órdenes

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  47. Oscar, tienes algún comprobante de que esté cancelada la cuenta? para que le demuestres al SAT que están equivocados, si no tienes el comprobante, te recomiendo que presentes un recurso de inconformidad donde les pidas que te demuestren que esa cuenta estaba activa en ese período y que esta a nombre del contribuyente que requirieron.

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  48. c.p. Gallardo dice:

    Hola contadora gracias por su ayuda… saludos

  49. c.p Gallardo,gracias por tu comentario, me da mucho gusto que por este medio pueda ayudar , estoy a tus órdenes.

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  50. Nivardo Gonzalez dice:

    Buenas tardes contadora me llegaron unas multas por no presentar el diot y no las pude atender dentro de los 45 dias, por lo que ahora me llegaron otros sobre recordandome los creditos, tengo entendido que despues del plazo de 45 dias ya no se puede solicitar una condonacion, pero me gustaria saber si en mi caso puedo solicitar la reduccion del 50% o en parcialidades…..que me sugeriria ya que me gustaria cubrir los creditos y salir de este problema ya que no me gustaria que me embargaran…de antemano muchas gracias

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