Hola, como están con la mala situación económica que atravesamos en el país, en lo último que queremos pensar es en multas fiscales, pero como la Secretaría de Hacienda necesita recursos, están enviando requerimientos de obligaciones omitidas y al no atenderlos, su consecuencia es una multa o crédito fiscal.
Por el momento, vamos a hablar de multas por incumplimiento de obligaciones fiscales, en caso de omisión de presentación de pagos provisionales, declaraciones anuales y declaraciones informativas.
La condonación y exención de multas está contemplado en el código fiscal de la federación en los artículos 39 y 74 en donde se establecen las facultades de la autoridad de condonar o eximir total o parcialmente el pago de contribuciones y accesorios y de la SHCP para condonar multas.
En el caso de que la multa se pague dentro de los 45 días siguientes a la fecha en que se notifique tiene una reducción automática del 20% de su monto, sin necesidad de que se solicite.
Se puede obtener hasta un 50% de descuento del monto de la multa, si se obtuvieron ingresos menores a $2,000,000.00 en el ejercicio 2008 , para esto tenemos que sacar una cita en la Administración de Recaudación que nos envió la multa (este dato se encuentra impreso en la multa) en el modulo de atención de requerimientos, llevando el original de la multa y original del documento que generó la multa (pago provisional, declaración informativa, anual etc.)ya presentado con su acuse de recibo respectivo, o su comprobante de pago según sea el caso.
La cancelación por prescripción de una multa, se obtiene a solicitud del contribuyente, una vez transcurrido el término de 5 años establecido en el artículo 146 del CFF contado a partir de que el crédito pudo ser exigido o a partir de la fecha de la última gestión en cobro.
También se pueden cancelar los créditos fiscales que por su monto resultan incosteables en el cobro y aquellos en los que el contribuyente resulte insolvente según el artículo 146 del CFF ,último párrafo, donde se menciona que se cancelarán de las cuentas públicas, no obstante que dicha cancelación no libera al deudor de su pago, esto es que si en determinado momento se pudiera hacer el cobro al contribuyente se le haría aunque ya estuviera cancelado, siempre y cuando no hayan transcurrido más de 5 años.
Nosotros en el despacho, ya hemos solicitado el descuento de multas al 50% sin ningún problema, y también la declaración de una persona física insolvente, para la cancelación de sus créditos.
Los invito a tratar de estar más al pendiente de sus obligaciones y del cumplimiento de las mismas, ya que este año y el próximo van a ser años difíciles y las autoridades necesitan recaudar más dinero, por lo mismo enviarán más requerimientos y multas.
Me despido de ustedes, y espero que con estos datos salgan beneficiados de alguna manera.
tego un problemon mi contadora no presento DIOT desde el 2008 el año pasaso llegaron las primeras multas las atendi y pague $64.000.00 de feb.mar. abr, may. jun., jul y ago. del 2012 me di de vaja en el 2012 pues a los meses llego la segunda multa que por extemporaneidad se metio inconformidad y revocaron pues tube que poner en garantia $55,050.00 pues tube que vender todo carros y casa pues ya no tengo nada he quedado en la calle practicamente sin cuenta en el banco ni nada ademas de los 34.000.00 pesos que les pague a los abogados depues el mes pasado me llegaron dos mas pero esta ves de junio y diciembre del 2010 y tambien le meti inconformidad pues la contadora casi de pleito la obligo a que mande todos loa años atrasado que nunca mando como usted sabe estas dos ultimas solo fueron por extemporaneidad de la presentacion estoy en un mar de nervios si ya no tengo nada que pasara con migo y mi vida se habla de una insolvencia pero eso no se de que se tratasi me declaran insolventes me siguen cobrando con el tiempo o que pasa???? gracias y saludos
Olivia , que triste situación la que pasaste muy mala experiencia con tu contadora lo peor es que tuvieras que pagar tanto, pero bueno hay que dar vuelta a la hoja, te puedes declarar insolvente presentas un escrito al sat en el departamento jurídico en el que explicas tu situación te recomiendo que les detalles todo lo que has pagado y que por eso no tienes dinero que ya estas suspendida, etc y que solicitas que te declaren insolvente para el pago de los créditos y relacionas los numeros de credito y montos que tienes pendientes de pago.
Si no tienes nada a tu nombre ni carros, propiedades, etc., aceptan tu solicitud y cancelan los créditos pendientes ya no te cobrarían nada pero no puedes tener nada a tu nombre por un tiempo.
Suerte, estoy a tus órdenes.
Buenas Tardes!!!
Le comento soy persona fisica (honorarios) y no he presentado la declaracion 2011 ni parciales de lo que va del año, me llego un requerimiento del SAT por el ejercicio 2011 y una carta invitacion por los meses de ene-may 2012, que hago no he podido localizar a mi contadora.
Hola Saludos, la situacion es que los federales me detubieron con un vehiculo extranjero por lo que ahora me llego la notificacion del Sat para presentar los papeles que acrediten la legal estancia en el pais, y resulta que ahora los que me legalizaron el vehiculo me dieron papeles apocrifos que corresponde a otro vehiculo, no he puesto la denuncia por miedo a que la gente que me dio los papeles pertenezcan a un grupo de delincuencia o celula criminal, hable al sat y me dicen que espere la resulucion pero ya me habian adbertido en el sat que las multas estan hasta de 90000 aparte el decomiso del vehiculo, cuando yo tengo un ingreso por quincena de $2400, en cuanto me llegue la notificacion que debo hacer?? por que me tiene muy preocupado. gracias de antemano
Gracias por su comentario es es lo que he estado estudiando en este tiempo y si lo mas frustante es que pienso que seguiran llegando mas multas de los años anteriores …. haber que encuentran como un terrorismo fiscal tengo los nervios de punta y pues ya perdi todo saludos y gracias
Ana es importante que tengas contacto con el contador para situaciones como esta, si no la localizas tu tienes la papeleria o la tiene ella? ya te habra presentado algo ? porque el estado de nuevo leon por ejemplo ha estado mandando requerimientos a clientes que ya tenían presentada la declaración y los provisionales presentate en su oficina o mandale correo solamente comentandole la situación y si ya presento las declaraciones si no para que tu las presentes.
Estoy a tus órdenes, suerte.
Davidpc, que te puedo decir eso si es delicado, cuando te llegue la multa tendrías que ir al sat a pedir descuento de la misma o plazo para pagarla, en ese apartado de multas por vehiculos extranjeros o mercancía no tengo mucha experiencia.
Suerte, estoy a tus órdenes
Olivia, no creo que te lleguen más multas y si te suspendes y te declaras insolvente menos, ánimo después de la tempestad viene la calma, en lo que te pueda ayudar, cuenta conmigo.
Estoy a tus órdenes. Suerte
hola contadora Claudia saludos, tengo una duda; me fue requerido un informe del diot del mes de marzo y abril 2012, mismos que no estaban presentados y el mismo dia del requerimiento se enviaron, pero despues de notificado el requerimiento.
Ahora bien a travez de mi portal le conteste al sat que el informe requerido se habia contestado ese mismo dia y se les dio el no de folio y datos del acuse de recibido por el sat y toda la informacion para que ellos checaran que se presento el informe requerido y no me fueran a multar por no contestar dentro de los 15 dias habiles que dan de plazo.
Una semana despues el sat en mi portal me informa que el requerimiento en mencion no procedia por haber contestado al requerimiento el mismo dia y por lo tanto habia contestado antes de la fecha del requerimiento.(ojo conteste ese mismo dia pero despues de requerido)
Mi duda es realmente procede lo que ellos dicen en su respuesta, o a partir de que dia corre el plazo de los requerimientos, esto por la respuesta que me contesto el sat. Se supone que me deberian notificar una multa por presentar la multa despues de que me fue requerido el informe del diot, pero ya pasaron 20 habiles de la fecha de requerimiento y no se me ha notificado la multa.
de antemano gracias por su atencion contadora Claudia, esperando pueda aclarar mi duda.
saludos
Miguel Angel, no te preocupes no va a llegar multa ya que tu enviaste las declaraciones el día que te notificaron.
La ley especifica que los requerimientos o cualquier notificación empieza a surtir efectos un día hábil después de notificado.
Si te llega multa presentate en el sat con los acuses y se debe cancelar o si no me avisas y te envío los fundamentos, por desgracia no todas las personas que trabajan en el sat están preparadas.
No te preocupes, estoy a tus órdenes.
CUAL ES EL FUNDAMENTO Y QUE ELEMENTOS DEBE TENER EL ESCRITO PARA PODER SOLICITAR LA INSOLVENCIA,
Me llego un requerimiento el dia de ayer 18 de julio y hoy 19 me notificaron obligaciones omitidas de declaraciones diot por 2 meses, si las presento hoy 19 no procede la multa por incumplimiento? o hasta que dia tengo para presentar sin multa
Gracias y Saludos
IVETH no te vas a inconformar, los fundamentos es que no tienes dinero para solventar ese pago, por eso se llama insolvencia, tienes que solicitar que te cancelen la multa ya que no puedes pagarla , le explicas tu situación.
Estoy a tus órdenes. Suerte
Ernesto, no entiendo bien te notificaron el requerimiento el 18 o el 19? de eso depende si vas a tener multa ya que si lo notificaron el 19 no va a proceder ninguna multa porque estas presentadolos el dia que te notificaron pero si fue el 18 si procede una multa.
Estoy a tus órdenes. Suerte
Adrian, me da pena lo que me escribes ya que para que exista alguna multa te la deben notificar a ti en el domicilio fiscal no al contador, referente al dinero que le diste para que desaparezcan las multas eso YA NO EXISTE todo está controlado de manera electrónica no hay manera de desaparecer las multas.
Los impuestos los debe pagar el contribuyente o sea usted, se paga en el banco o via electrónica y deben darle un comprobante.
Por lo que me escribe, le recomiendo que se presente en el SAT tramite su clave CIEC y entre a la página del sat http://www.sat.gob.mx para que verifique si en verdad tuvo algúna multa y si se están presentando todas sus declaraciones.
Estoy a sus órdenes.
EN ENERO 2012 ME LLEGA REQUERIMIENTO DE INFONAVIT POR DIFERENCIAS DEL 5TO. Y 6TO BIMESTRE 2006
DICHAS DIFERENCIAS NO PROCEDEN POR TENER LOS AVISOS DE RETENCION CON CANTIDAD DIFERENTE A LO QUE ELLOS ME COBRAN. PERO HASTA HOY NO LO HE ACLARADO, PREGUNTO VA A PROCEDER UNA MULTA Y POR CUANTO SERIA’
GRACIAS
Saludos me podrias asesorar no presente una declaracion a tiempo y me esta llegando una multa la declaracion ya esta hehco pero fue presnetada en ceros habra forma de soicitar la condonacion d ela multa, ya que no se han estado obteniendo ingresos.
garcias
Leticia, si no procede no te van a cobrar multa pero si debes presentarte a aclararlo para que no te vaya a llegar un interventor y ellos aunque no proceda te cobran como gastos de ejecución.
Te recomiendo que lleves todos los comprobantes al infonavit para que quede aclarado y cancelado el requerimiento
Estoy a tus órdenes,suerte.
Edmundo, te llego requerimiento? antes de la multa, porque si solamente te llego la multa sin requerir antes no procede puedes solicitar la revocación de la misma, si te llego requerimiento y no lo atendiste puedes intentar solicitar un descuento comentando la situación económica, pero no siempre lo otorgan.
Saludos, estoy a tus órdenes. suerte
hola buenas tardes, me ha llegado un correo donde se me invita a ponerme al corriente en mis declaraciones, tengo pendiente algunos pagos del 2010, estaba por honorarios y en agosto del 2011 tenia que haberme cambiado a honorarios asimilados a sueldos y salarios por mi acutal trabajo solo que por cuestiones de desinformacion y desidia no lo hize, me podria llegar una multa si lo hago de manera extemporanea este cambio?? igual ya estoy poniendo todo claro para hacer los pagos que me hacen falta, pero ahorita estoy con la duda de la disminucion de obligaciones o lo puedo hacer en este momento con fecha en la cual empeze este nuevo trabajo! muchas gracias
hola buenos dias, tengo una duda acerca de un aviso de cambio de obligaciones yo estaba por honorarios pero en agosto del 2011 empeze a laborar en una empresa que me pago por honorarios asimilados a sueldos, iba a hacer el cambio en una oficina del sat pero me dijeron q ue se hacia por internet, lo intenete pero no podia hacerlo, y se me fue pasando el tiempo, tengo algunas declaraciones pendientes antes del 2010 pero ya estoy viendo la manera de arreglarlo mi pregunta es que si puedo hacer el cambio de obligaciones de manera extemporanea? y si esto no me provocara que me llegue una multa? o como puedo proceder ya que a partir del mes de agosto 2012 seguire en esta misma empresa.
espero puedan responder mi duda, muchas gracias
cinthia, los movimientos ante el sat se pueden hacer con fecha máxima de 15 días anteriores, lo que tienes que hacer es presentar en ceros todos los períodos que estuviste dado de alta por honorarios y disminuir obligaciones por internet con fecha de este mes.
Vas a disminuir honorarios y activas la de salarios para que no tengas obligacion de presentar provisionales.
Estoy a tus órdenes.
Clara, como comenté anteriormente no puedes hacer el aviso extemporáneo, presenta en ceros todos los períodos hasta la fecha y disminuye obligaciones con fecha máxima de 15 días anteriores.
Si no te han llegado requerimientos no tienes que temer a las multas.
Estoy a tus órdenes.
Hola buenos dias C.P. Claudia castillo
Tengo una duda hace unos dias finanzas del estado me notificó el pago de impuestos federales (IVA ISR IETU)
leí la notificacion y vi que tendria efecto el dia habil siguiente asi que declare en ceros ese mismo dia que recibi la notificacion, que efecto tendra? es acredora de multas?
en caso de que no como puedo aclarar o que procedería a hacer.
le agradezco buen dia
Contadora buenas noches:
Mi problema es q estoy dado de alta como per fisica intermedio mi cp desde mediados de 2010 a presentado pagos y anuales en ceros pero no ha presentado ninguna diot q me recomiendas presentar suspencion de actividades y si lo hago me pueden requerir esos pagos d la diot o de algun otro pago y si hago la suspencion cancelo todas mis cuentas por favor ayudeme, se lo agradecere siempre, muchas gracias
Hector tuviste ingresos en ese período? si no tuviste ingresos la diot se presenta sin movimientos no hay problema, dificilmente cuando estas suspendido te llegan requerimientos de períodos pasados.
No te preocupes, estoy a tus órdenes.
José bien hecho si las presentaste el día que te requirieron no va a generar multa ya que las notificaciones como leiste inician sus efectos al día habil siguiente de la notificación.
En caso de que te llegue multa se cancela no procede porque se presentó la obligación el día de la notificación.
Estoy a tus órdenes
Hola Buenas tardes, el día de hoy me llegó requerimiento del SAT por no haber presentado DIOT de marzo y abril y las acabo de presnetar hoy mismo, seguro me llegara multa pero según yo no procede, mi duda es como hao para cancelar la multa y que fundamento es y si se presenta como recurso o sólo un escrito libre, Gracias por la ayuda
Buen Dia, Tengo una pregunta como puedo hacerle para solicitar una reducion de multa ante el gobierno de Baja california ya que estoy dada de alta como regimen intermedio y se me olvido presentar una declaracion en ceros y ahora me llego una multa por 1,100 pesos que ahora no puedo pagar , entonces no se que hacer.Gracias!!
Contadora Claudia buenos dias:
Entonces presento las diot desde 2010 y luego presento suspension de actividades?
Muchas gracias
CONTADORA BUEN DIA. ME LLEGO UNA MULTA DEL SAT POR NO HABER PRESENTADO DECLARACION ANUAL A TIEMPO,CON SU RESPECTIVO GASTO DE EJECUCION, PERO POR ERROR SOLO PAGUE LA MULTA, ME FALTO PAGAR EL GASTO DE EJECUCION. ¿QUE PUEDO HACER?, ¿EL SAT ME MULTARA NUEVAMENTE, O SOLO ME SOLICITARA EL PAGO DE GASTO DE EJECUCION?
Cristina, no te adelantes a las cosas, lo más seguro es que no te llegue la multa ya que lo presentaste el mismo día y las notificaciones surten efecto al siguiente dia habil, si te llega la multa, se cancela con el solo hecho de llevar el comprobante de que se cumplió el día de la notificación, no te preocupes.
Estoy a tus órdenes.
Rocío si estás en régimen intermedio solamente tienes derecho al 20% de descuento de la multa, si no la quieres pagar tendrías que declararte insolvente y para esto se solicita por escrito y no debes tener ningún vehiculo ni bien a tu nombre etc., si no tienes actividad y deveras no tienes solvencia económica, solicita la cancelación por insolvencia.
Estoy a tus órdenes.
Hector, así es primero presenta todo lo que tengas pendiente y luego presentas la suspensión de actividades.
Estoy a tus órdenes.
San Jua lo más seguro es que te cobren la diferencia, lo raro es que en el banco te reciban un pago parcial de la multa porque debe incluír los gastos de ejecución, esperate a que te cobren la diferencia.
Estoy a tus órdenes.
HOLA SALUDOS CONTADORA
MI SITUACION ES LA SIGUIENTE
TENGO 2 AÑOS SIN ACTIVIDAD ECONOMICA
SOY REGIMEN INTERMEDIO
MI CONTADOR DECLARO EN CEROS MENSUALMENTE EN EL SAT
PERO LAS DECLARACIONES EN CEROS DEL ESTADO ( SOY DE HIDALGO) NO LAS HIZO EN SU MOMENTO.
Y EL DIA 24 DE JULIO ME LLEGO LA NOTIFICACION SOBRE ESOS MESES QUE FALTAN DE MAYO DEL 2011 A DICIEMBRE 2011.
EL SABADO 28 Y LUNES 30 DE JULIO LAS REALICE Y YA ESTOY AL CORRIENTE.
MI PREGUNTA ES: CUANTO ME COBRARAN DE MULTA? POR MES? PUES DICE EN LA NOTIFICACION QUE EN EL CASO QUE CUMPLA CON EL REQUERIMIENTO DE REFERENCIA Y PRESENTE LA DECLARACION DENTRO DEL PLAZO DE LOS 15 DIAS L AMULTA SERA POR CADA UNA DE LAS OBLIGACIONES DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN EL INCISO A) FRACCION 1 DEL ARTICULO 82. DEL CODIGO FISCAL.
YA CHEQUE LA LEY Y DICE QUE LA MULTA VA DESDE LOS 980 PESOS
MI PREGUNTA ES SI HAY MODO DE CONDONAR ESE PAGO
O DE UN DESCUENTO?
PUES NO HE TENIDO ACTIVIDAD ECONOMICA.
GRACIAS
Rafael, esperate a que te llegue la multa y solicita el descuento si pueden darte sobre todo por que no tienes actividad económica hasta un 50% de descuento, pero hay que solicitarlo.
Estoy a tus órdenes.
Hola que tal C.P. Claudia soy Olivia tengo otra pregunta he leido que si me declaro insolvente los creditos no se cancelan y que las deudas no se terminan que pueden seguir cobrando, mira lo que tenia era una casa pero por todo lo que te conte anteriormente tuve que rematar YA NO TENGO NADA a mi nombre me quede casi la calle si no es por mi familia estubiera en la calle bueno….. estoy casada por bienes separados tambien quisiera saber si a mi esposo le quitaran algo de su sueldo …..y la otra pegunta yo percIbo un pencion pues anteriormente estube casada pero fallecio el papa de mis hijas y por eso tengo esta pencion me la quitaran’¿¿
que puedo hacer si m mintieron cuando compre mi carro y ahora k fui a finanzad de d.f. por la. certificacion de las tenencias resulta que se debe la 2008 pero es muy cara y no tengo el recurso para pagarla y la aseguradora no m puede liberar mi cheque del pago de una perdida total espero m puedan ayudar gracias
Buenas tardes contadora ya platique con mi cp, si tuve ingresos, pero todo lo tengo presentado en ceros, como hago para presentar todas las diot desde 2010 el cp no las quiere presentar y ya me devolvio mi documentacion, las presento en ceros o que hago
Gracias
Olivia, por eso les comento que cuando se declaren insolventes es porque de verdad son insolventes porque el sat mantiene viva esa deuda por un tiempo esperando que si tienes algun bien etc te cobre, en cuestión de tu marido si estan por separación de bienes no le deben quitar nada, pero al tener un marido que te mantiene para el sat ya no eres insolvente (yo creo) nosotros en el despacho lo hemos presentado 2 veces solamente la insolvencia pero es de personas que de verdad no tienen nada, y son los hombres de la casa.
De la pensión no se si tienes hijos pequeños no deben tocarla pero si ya están grandes posiblemente por ahi si te la puedan detener.
Puedes preguntar antes de hacer el trámite en el Sat. en la página hay un chat de asesoria para que estés segura de no tener problemas.
Estoy a tus órdenes, suerte.
Rskl, en ese departamento no tenemos experiencia tendrías que checarlo directamente en control vehicular o en Tesoreria del estado en el que vives.
Saludos
Hector, el tener ingresos y presentar ceros en ellos, es un delito de evasión fiscal , si tuviste ingresos primero debes presentar las complementarias para considerar los ingresos y después las diot con los datos verdaderos porque si no puedes ocacionarte problemas como una revisión fiscal etc.,
Saludos, estoy a tus órdenes.
C.P. Buena tarde, me llegarón 2 multas por DIOT, metí la condonación de multa pero me dijeron que aun no es posible ya que solo la puedo solicitar hasta que termine el plazo de los 45 días que tengo para pagar la multa, pero si lo hago hasta esa fecha no tendre problemas con el SAT y aún así cabe la posiblidad de que el fallo por parte de ellos sea negativo y la deuda aumente más, y no cuento con ese dinero para pagarlo son más de $ 16,000… que hago????
Hola! Contadora Buena Noche, disculpe espero y me ayude, la situación es la siguiente:
Estoy en el régimen Intermedio y me llego ayer un requerimiento del SAT diciendo que no presente las declaraciones de IVA y IETU del mes de marzo y Abril de 2012, estableciendo ya la multa, pero todo lo contrario si las presente con saldos a cargo tengo los comprobantes del banco, puedo mandarlos por internet para aclararlas, o tengo que acudir al SAT. En este caso que procede con la multa? Gracias
Diana, el que hayas solicitado la condonación no significa que la autorizen, que razones expresaste para solicitar la condonación? la cuestión es que tienes un 20% de descuento hasta antes de los 45 días hábiles pasando este tiempo tienes que pagar el total y mientras más tiempo pase aumenta la actualización de la multa, si la razón para solicitar la condonación no es suficientemente fuerte, te recomiendo mejor que solicites pagarla en plazos, comentales que no tienes dinero que la quieres pagar pero que necesitas opción de pago en plazos.
Si pudieras decirme un poco más de información como el porque no presentaste las DIOT etc., y cuanto tiempo después de requeridas las atendiste, etc, podré asesorarte mejor.
Suerte, estoy a tus órdenes.
Luis, es importante que si puedes te presentes en el SAT porque por desgracia al aclararlas por internet se tardan mucho tiempo y van a estar visitandote, se debe cancelar la multa y el requerimiento con el comprobante que ya está cumplida la obligación llevate el original del pago y copia y con eso se debe cancelar todo sin problema.
Como quiera para estar seguro verifica que tus datos estén correctos en los pagos que realizaste, si no para que presentes complementaria hoy mismo, si todo está bien se cancela no te preocupes.
Estoy a tus órdenes.
tengo este problema , por error tengo una obligacion que no deberia, y eso causo requerimientos y ahora una multa, las declaraciones ya están hechas, obviamente en ceros, pero comunicándome con el sat, me dicen que en este momento no hay condonaciones de multas. ¿que me sugieres hacer?
saludos!
buenas tardes mi situacion es la siguiente yo trabaje de 2003 a 2005 y medi de baja presente mi ultima declaracion anual segun yo todo estaba bien ahora en desde 2009 me llegaron unos creditos historicos por 40000.00 que la verdad me dio miedo y no pague ahora en 2012 me llegua un ainvitacion donde dice que tengo 9 creditos fiscales por un monto de 200,000,000.00 si docientos millones estoy aterrorizado y no se que hacer que me recomienda hacer
Eduardo, posiblemente funcione un recurso de revocación para que te cancelen o te hagan un descuento en la multa tienes que especificar que esa obligación no te corresponde, anexar copia de facturas de venta o comprobantes que demuestren a lo que te dedicas y solicitar en el escrito ya sea la cancelación o descuento de la multa.
Estoy a tus órdenes, suerte.