Multas fiscales, consejos para disminuirlas o cancelarlas

30 octubre 2009 por C.P. Claudia Castillo

Hola, como están con la mala situación económica que atravesamos en el país, en lo último que queremos pensar es en multas fiscales, pero como la Secretaría de Hacienda necesita recursos, están enviando requerimientos de obligaciones omitidas y al no atenderlos, su consecuencia es una multa o crédito fiscal.

Por el momento, vamos a hablar de multas por incumplimiento de obligaciones fiscales, en caso de omisión de presentación de pagos provisionales, declaraciones anuales y declaraciones informativas.

La condonación y exención de multas está contemplado en el código fiscal de la federación en los artículos 39 y 74 en donde se establecen las facultades de la autoridad de condonar o eximir total o parcialmente el pago de contribuciones y accesorios y de la SHCP para condonar multas.

En el caso de que la multa se pague dentro de los 45 días siguientes a la fecha en que se notifique tiene una reducción automática del 20% de su monto, sin necesidad de que se solicite.

Se puede obtener hasta un 50% de descuento del monto de la multa, si se obtuvieron ingresos menores a $2,000,000.00 en el ejercicio 2008 , para esto tenemos que sacar una cita en la Administración de Recaudación que nos envió la multa (este dato se encuentra impreso en la multa) en el modulo de atención de requerimientos, llevando el original de la multa y original del documento que generó la multa (pago provisional, declaración informativa, anual etc.)ya  presentado con su acuse de recibo respectivo, o su comprobante de pago según sea el caso.

La cancelación por prescripción de una multa, se obtiene a solicitud del contribuyente, una vez transcurrido el término de 5 años establecido en el artículo 146 del CFF contado a partir de que el crédito pudo ser exigido o a partir de la fecha de la última gestión en cobro.

También se pueden cancelar los créditos fiscales que por su monto resultan incosteables en el cobro y aquellos en los que el contribuyente resulte insolvente según el artículo 146 del CFF ,último párrafo, donde se menciona que se cancelarán de las cuentas públicas, no obstante que dicha cancelación no libera al deudor de su pago, esto es que si en determinado momento se pudiera hacer el cobro al contribuyente se le haría aunque ya estuviera cancelado, siempre y cuando no hayan transcurrido más de 5 años.

Nosotros en el despacho, ya hemos solicitado el descuento de multas al 50% sin ningún problema, y también la declaración de una persona física insolvente, para la cancelación de sus créditos.

Los invito a tratar de estar más al pendiente de sus obligaciones y del cumplimiento de las mismas, ya que este año y el próximo van a ser años difíciles y las autoridades necesitan recaudar más dinero, por lo mismo enviarán más requerimientos y multas.

Me despido de ustedes, y espero que con estos datos salgan beneficiados de alguna manera.

513 comentarios para “Multas fiscales, consejos para disminuirlas o cancelarlas”

  1. Salvador necesito más datos para saber si se tienen bases suficientes para presentar el recurso, ya que si presentas un recurso y pierdes el sat te cobra lo que debias más recargos y gastos, en el despacho cuando tramitamos un recurso es porque sabemos que vamos a ganar y gracias a dios los hemos ganado.

    Enviame mas datos por favor, estoy a tus órdenes.

  2. HUMBERTO dice:

    PAGUE MI MULTA PERO NO PRESENTE EL PAGO ANTE LAS AUTORIDADES DEL GOBIERNO DEL EDO Y ME QUIEREN MULTAR PROCEDE OTRA MULTA

  3. carlosmeir dice:

    me di de baja o suspension con el sat en abril del 2008 y ahora aparesco como dado de alta en julio del 2010 y me mandan invitacion a declarar la gestion del 2012 porque y que debo hacer gracias de antemano srita cp claudia castillo

  4. Humberto necesito más información, no te pueden cobrar multa por el mismo crédito 2 veces pero puede ser que una obligación no presentada te genere 2 multas, checa el número de crédito o mandame toda la información por correo electronico para ayudarte mejor.

    Estpy a tus órdenes.

  5. carlos si tienes el comprobante de la suspensión de actividades presentate en el sat para aclarar que no debes estar dado de alta ya que estas en suspensión de actividades, con el comprobante deben de arreglar los datos en la página del sat.

    Estoy a tus órdenes

  6. Alejandro dice:

    hola me acaban de llegar multas por no presentar mis pagos provisionales de marzo y abril de este año, que puedo hacer? los importes por las 4 multas suman 7900

  7. JUAN dice:

    Hola muy buenas noches me parece muy interesante estos temas:
    Mira apenas me recibi de contador
    y me toco una contabilidad algo compleja
    Se trata sobre una persona moral (sociedad de responsabilidad limitada)
    Lo que pasa que en el año 2008 hasta 2010 fue presentado en ceros todos los impuestos y ahora llego una multa por no presentar la declaracin anual 2010 de lo cual se suspendio en septiembre 2010. Pero ahora el problema es que esta persona moral sigue facturando y no esta enterando NADA de lo que compra y vende.
    Megustaria saber que pueda pasar
    Lo la puedo mandar ala quiebra.
    O presentar todo en ceros y que entre en liquidacion.

  8. BLANCA dice:

    HOLA TENGO UNA MULTA POR DECLARACIONES OMITIDAS DEL 2010 EL AÑO PASADO LLEGO UNA POR 20,000 Y RECONOCI QUE LLEGO EL REQUERIMIENTO PARA CUMPLIR PERO LA CONTADORA DIJO QUE SI ESTABA DECLARADO EN CEROS POR SUPUESTO Y HOY LLEGO OTRA POR 17,000 DEL MISMO AÑO PERO DE LOS MESES SEP,OCT,NOV,DIC SEGUN ELLOS MANDARON EL REQUERIMIENTO EL AÑO PASADO PERO EN NINGUN MOMENTO RECIBI NADA YQUE PUEDO HACER POR QUE ME DECLARO INSOLVENTE?

  9. Alejandro, gracias por escribir las multas te llegaron sin que te llegara requerimiento anterior? o te llego requerimiento y no presentaste los provisionales? si la respuesta a la primer pregunta es SI puedes inconformarte para que te cancelen las multas ya que no emitieron requerimiento alguno por esas obligaciones.
    Si me las pudieras escanear junto con los provisionales que te requieren te puedo ayudar mejor.
    Estamos a tus órdenes.

  10. Juan si la empresa está facturando lo peor que puedes hacer es declarar ceros ya que al descubrir el SAT los puede demandar por evasión fiscal ya que tienen ingresos sin declarar.
    Aunque se haya dado en suspensión en Septiembre de 2010 tiene obligación de presentar declaración anual de ese año. por el período de Enero a Septiembre del 2010.

    Estamos a tus órdenes

  11. Blanca, primero que nada dile a tu contadora que te de las declaraciones para verificar el cumplimiento de lo que te están multando si ya estaban presentadas antes o el mismo día de la notificación del requerimiento se deben cancelar ,es dificil declararte como insolvente, primero veremos si proceden las multas.
    Si gustas escaneame las declaraciones y requerimientos para checarlos, con gusto te verifico si proceden y que podemos hacer.
    Estamos a tus órdenes

  12. Francisco dice:

    Tengo un enorme problema me llego el segundo requerimeinto por dos declaraciones bimestrales de cuota fija no hechos la multa contemplada me dice que es de 1100 pesos pero verificando al acudir se me indican que son 1100 mas 426 por conceptos de honorarios y 15 de gastos administrativos el documento indica que si pago antes de 45 dias habiles la multa se reduce hasta 881asi como 20% de descuento de articulo 75 y 50 % del articulo 70. al acudir a las oficinas me indican que el pago a efectuar de multa asciende a 4362 pesos, y que los descuentos indicados por pagar antes de 45 dias ya van incluidos en los 881, al checar me quede con muchas dudas ya que de los 1100 originales resulta que tengo que pagar esta cantidad de 4362 adicionales a el pago de las obligaciones requeridas. Me urge respuesta. Gracias

  13. ROBERTO RDZ dice:

    hola buenas tardes mi duda es sobre un contribuyente que le requirieron dos trimestres del 2011 de las informativas del ieps, y el caso es que el no sabia que tenia esa obligacion, porq solo tiene un pequeño bar , y por logica no factura la cerveza, y ya le llegaron las multas muy excesivas, y la verdad no tiene capacidad economica para pagar, a parte de que verificando eso no tiene ni regsitro de padron de contrib de bebidas alcoholicas que se pide en el programa ieps, entonces se podran cancelar o de plano declararse insolvente ,espero su respuesta, muchas gracias

  14. Cp Marco Antonio Gamboa Cañedo dice:

    Buenas tardes:

    Tengo un contribuyente que me presenta dos créditos fiscales por omisión de la presentación de las informativas a terceros del mayo y junio 2011, se que de antemano el Supremo Tribunal de Justicia, consideró inconstitucionales las multas por la omisión de la presentación de las DIOT, se puede cancelar esta multa.

    También me comenta el contribuyente que nunca fue notificado de requerimiento por estos conceptos ¿también se puede declinar por un recurso de revocación?

    o si no utilizar al menos el descuento del 50%, es que si son altas las multas

    Por la atencion a la presente muchas gracias

  15. andy moserrat dice:

    hola.. tengo dudas donde laboro por estamos pasando por cuestiones economicas dificiles por los cuales se nos ha hecho dificil pagar mes con mes mas en el mes de mayo no hicimos hasta el mes de septiembre y eso porque nos llego el requerimiento el requerimiento nos llego el dia 11 de julio y nosotros pagamos el dia 17 de julio entra dentro de los 45 dias en este caso el contador por x o y razon no le dio seguimiento posteriormente nos llego la multa pero se omitio el pago porque ya se abia hecho el pago provisional ahora me llego la multa con recargos y actualizaciones y se pago ya que de lo contrario me embargarian mis cuentas… mi duda es este pago ya esta perdido si procedia aunque hubiera pagado cuando me solicitaron? que puedo hacer? ahora tengo un problema parecido en un mes siguiente que ya me requirieron… puedo solicitar la disminucion de la multa?? si este aun no me llega la multa? que puedo hacer???

  16. Graciela dice:

    Hola me llegaron unas multas de SAT son de pago provisional de ISR, IVA, Impuesto Tasa Única. Ya se presentaron las declaraciones correspondientes y presente el aviso de suspensión desde hace tres meses, pero no las presenté en el plazo establecida.
    Deje de trabajar desde el 2010, pero me puse al corriente apenas hace unos meses, debo aclarar que deje de pagar por causas ajenas, quisiera me dijeras que puedo hacer para tratar de que más condonen o al menos disminuirlas. Pues es mucho dinero y no tengo con que pagar esa cantidades, de antemano muchas gracias.

  17. omar dice:

    Hola tengo un problema, soy persona fisica de régimen intermedio en el estado de hidalgo, desde el año anterior me llegaron requerimientos del ejercicio 2007, los cuales no atendi porque según tenia suspensión de actividades desde ese año, pero mi sorpresa fue que al visitar al contador que me trabajó me dijo que jamás habia solicitado mi baja, ahora que tengo que hacer, ya que son muchos requerimientos y no se a cuanto haciendan las multas, estos siguientes ejercicios, 2008 en adelante ya no tuve movimientos de facturación ni operaciones bancarias

  18. Armando dice:

    Hola me llego un requerimiento con multa por unas declaraciones omitidas pero no llego ninguna invitación antes del requerimiento, a la fecha ya se presento lo que requieren pero no se si la multa procede

  19. C.P. Marco Antonio, si el contribuyente no fué notificado de requerimiento con eso se púede cancelar la multa presente un recurso de revocación en el cual especifique los artículos en los que menciona que se hara acreedor a una multa después de requerimiento de la autoridad, y como quiera puede especificar lo del tribunal en el recurso, todo lo que pueda dar razon a la cancelación de la multa
    Tiene 45 días hábiles a partir de que llega la multa para inconformarse, por favor tengame al tanto de como les va, suerte.
    Estamos a sus órdenes.

  20. Andy es muy importante si te llega un requerimiento ese mismo día presentar lo que te requirieron para que no te genere multa, si se puede disminuir la multa en un 20% dentro de los 45 días hábiles.
    Estamos a tus órdenes.

  21. Graciela, puedes solicitar la condonación pero la verdad es que dificilmente te condonan multas, o puedes declararte como insolvente pero para esto no debes tener nada a tu nombre, ni autos, casas etc.,

    Estoy a tus órdenes.

  22. Omar , lo único es que vayas al SAT y solicites que te hagan descuento y demuestres que no tienes ingresos desde esa fecha y que por confiar en el contador no te suspendiste.

    Suerte, estoy a tus órdenes.

  23. Armando, si la multa llego al mismo tiempo que el requerimiento no procede puedes presentar un recurso de revocación para que se cancele pero si llego el requerimiento y luego la multa si procede ya que tendrias que haber presentado lo requerido el día que te lo notificaron.

    Estoy a tus órdenes.

  24. Armando dice:

    Buenas noches ya escrito anteriormente, de hecho me llego la contestacion y todo muy bien, la situacion era de una multa que llego sin avisos previos y queria saber como presentar el recurso de revocación, si lo puede presentar alguien mas o que debe contener el recurso, gracias.

  25. Armando lo puede presentar cualquiera solamente tiene que ir firmado por el contribuyente y copia de su identificación tiene que contener toda la información de hechos artículos de la ley donde fundamentes que no procede la multa y anexar comprobantes de todo lo que menciones en el escrito.
    Si no tienes contador que sepa presentarlos, te podemos ayudar en el despacho te lo elaboramos y tu lo presentas si no vives en Monterrey o si tu domicilio es en Monterrey lo podemos presentar por ti.
    Estamos a tus órdenes.

  26. Esperanza dice:

    Hola contadora, me estan haciendo una auditoria, bueno me realizaron una de enero a abrild e 2010, en donde me calculan que debo pagar 267,000.00 por un deposito que me hicieron de una aportacion a capital, de 150,000 y el acta se realizo extemporanea, ahora me estan haciendo el resto del año, mas o sea de mayo a diciembre de 2010 mas embargo me estan pidiendo documentacion de enero y los meses ya auditados, eso es valido. si pueden nuevamente auditar esos cuatro meses.

    saludos.

  27. Esperanza si la auditoria se abrió por un período determinado no pueden solicitarte nada de otro período a menos que se especifique en el acta de inicio o elaboren otro oficio solicitandote esa papelería.
    Suerte, estoy a tus órdenes.

  28. Graciela dice:

    Muchas gracias, por sus comentarios, quiero decirles que ya habia habia atendido los requerimientos y pagado los honorarios en la tesoreria del estado, al acudir a creditos y cobranzas, me dijeron, que si atendí los requerimientos, aun fuera de tiempo, antes que me llegara la multa, entonces las multas ya no procedían, con esto, gracias a Dios, muchas de las multas ya no procedieron.

  29. Graciela que bueno que las cosas se arreglaron bien, estamos a tus órdenes.

  30. MONICA HERNANDEZ dice:

    Buenas noches, a mi esposo le llego una multa de tesoreria ya que el estaba como regimen intermedio, pero anteriormente no le llego ningun requerimiento quisiera presentar un recurso de revocacion para poder impugar dicha multa, pero no se como realizarlo, quisiera que ustedes me pudieran redactar el recurso pero quisiera saber el costo y donde se encuentran ubicados para poder llevarles la multa, mi esposo solo estuvo con actividad un año ya despues empezo a trabajar en un empresa asi que sus declaraciones estan en ceros, espero me puedan ayudar

  31. jose diaz dice:

    me multan por no entregar ieps en el periodo 2010 -2011 cuando yo solole pedi a mi contadora que me de de alta para vender vinos y licores (este error del ieps es por qu la contadora me puso esa obligacion cuando no procede) que se puede hacer son multas muy caras…me llegaron 4

  32. Irais dice:

    Hola, me llego un requerimiento el 23 de noviembre en la tarde. EL dia 24 pague la obligacion requerida, procede que hoy me llegue multa por esa obligacion?? YO sabia que tenia 24 hras para librarme de la multa por requrimiento

  33. Monica, están en Monterrey? si gustas llamarme para ponernos de acuerdo el tel es 83734634

  34. Irais, para evitar la multa deberías haberla declarado el 23 el día que te llega la multa, a menos que en el requerimiento establezca que tienes 24 horas para presentarla.
    Que autoridad es? si es el SAT si procede, si es Tesoreria del Estado posiblemente se cancele ya que en el estado se cuenta como primer día el día habil siguiente al que te notificaron.

    Si me puedes ampliar la información te puedo ayudar de mejor manera.

    Estoy a tus órdenes

  35. José si tienes la obligación dada de alta y no te corresponde te puedes inconformar, pero primero tienes que estar seguro que no estas obligado al pago del IEPS porque por la venta de vinos, se paga pero no estoy segura de los lineamientos.
    Que tipo de negocio tienes? para verificar si procede o no?

    Estoy a tus órdenes.

  36. Hola:
    me llego un requerimiento en Diciembre para presentar documentacion del 2010: en la carta que recibi dice que omiti declarar ingresos por $620,000.00, mi contador murio este año y no he podido recuperar la informacion ya que no la recogi antes de que cerraran su despacho.
    Si se presento una declaracion anual con ingresos de $700,000.00 pero hacienda sabe que facture $1.3 mios. y tuve gastos (que no tengo conmigo) por $1.0. estoy dispuesto a pagar sobre la diferencia que ellos encontraron pero ahora dicen que revisaran todos los edos de cuenta, me pueden tasar todos los depositos como ingresos netos?
    que puedo hacer?
    gracias soy persona fisica con actividad empresarial

  37. Jorge, si presentaste declaración anual por $700,000.00 de donde puede saber hacienda que tuviste más ingresos? no declaraste todo lo facturado? me interesaría ver los documentos que tienes para poder ayudarte mejor, si puedes escanearmelos y mandarlos a mi correo claudia@castgom.com

    Quien dice que te va a revisar las cuentas? tienes auditoria? mandame los documentos y con gusto vemos que podemos hacer.

    Estoy a tus órdenes.

  38. Luis dice:

    Hola Contadora, disculpe tengo una duda por ejemplo cual es el procedimiento que tiene que seguir un contribuyente REPECO que desde 2005 no se ha actualizado y en 2007 cerro el negocio mas sin embargo no declaro la baja, pero como no se ha presentado a finanzas del estado se entiende que esta activo y ve que hacienda solo puede realizar facultades de comprobación hasta de 5 años antes, es decir que ya solo esta obligado a actualizarse desde 2007? ¿puede optar por elegir en vez de cuota fija la autodeterminación y declarar en ceros? lo que pasa es que quiere reanudar actividades pero primero se tendría que actualizar, gracias

  39. David dice:

    Hola Contadora Claudia, tengo una consulta para ud. En marzo del 2011 hice mi ampliación de actividades para poder vender y cobrarlos antregando facturas, sin embargo desde esa fecha no he hecho ninguna declaración. Estoy preocupado por las multasa las que me haya hecho acreedor y me preocupa mucho la multa por la DIOT. En estos dias quiero ponerme al corriente para solicitar mi suspensión de actividades, le agradezco su atencion, saludos.

  40. Isabel Aldaz dice:

    Lic. Claudia.

    Tengo una amiga que ya le enviarón un requerimiento por una empresa que ya cerro hace meses hay forma de que le puedas ayudar, indicandome un correo ó tel para pasarcelo esta muy desesperada pues la persona que le llevaba la contabilidad ya no tiene contacto con ella.

    Saludos Gracias.

  41. Isabel, para eso estamos dile mi correo es claudia@castgom.com que me platique su problema y con gusto la ayudo en lo que se pueda, por lo pronto dile que no se desespere no pasa nada.

    Estoy a tus órdenes, espero el correo.

  42. David, te llego algun requerimiento? si no es así dale gracias a dios y ponte al corriente lo antes posible para evitar el pago de las mismas, estamos a tus órdenes.

    Saludos

  43. Abigail, vamos por pasos si te llego requerimiento y presentaste los pagos el mismo día, no te genera multa pero si los presentaste después posiblemente te notifiquen multa, las anuales tienes que presentarlas tambien si pediste constancia de ingresos por salarios si tienes que declararlos junto con tu actividad empresarial pero si no solicitaste la constancia el patrón ya te incluyo en su anual.

    Estoy a tus órdenes, saludos

  44. Luis, el problema es que está como pequeño contribuyente, tiene que ir a Tesoreria porque ellos generan los recibos de cuota fija, y aunque te suspendas en el sat tienes que presentarte en Tesoreria por ser REPECO tengo entendido que hay descuentos pero tienes que solicitarlos personalmente.

    Mantenme al tanto, en lo que te pueda ayudar avisame, estoy a tus órdenes.

  45. Liliana Ramos dice:

    Hola Buenas Noches, a mi hermano le llego un requerimiento del estado por no pagar el quinto bimestre (REPECOS), ya fui a pagar ese pago pendiente pero aun asi tengo que pagar la multa, como le hago para no pagar tanto son como 2,200?

  46. teresa dice:

    hola necesito urgentemente una respuesta……lo que pasa esque ami esposo en el 2007 le impusieron una deuda fiscal,porque se fue a veracruz con una camioneta con placas de la frontera y no pudo regresar luego y el permiso vencio…..la camioneta se la quitaron y le dieron una multa de mas de 80 mil pesos….el sat empezo a mandar cartas invitacion para que pague pero hasta la fecha no se a podido pagar..que se puede hacer?se podra cancelar con el nuevo programa que lanzo el sat sobre creditos fiscales . que podemos hacer??ayuda por favor….y muchas gracias

  47. teresa dice:

    hola contadora le pido que por favor me ayude…el motivo de este mensaje es porque mi esposo en el 2007 le impusieron una deuda fiscal de 80 mil pesos .lo que paso esque el tenia una camioneta y se fue a a veracruz pero la camineta tenia placas y permiso dela frontera la fianza vencio y el no pudo regresar ……le quitaron la camioneta en veracruz y pues hasta el dia de hoy no se a pagado la deuda…..ya le han llegado carta invitacion pero quisiera saber si con el programa de cancelacion de deudas y descuentos se podra hacer algo?

  48. Teresa, creo que si aplica para el descuento de hecho en la página del sat http://www.sat.gob.mx viene una opción para checar tu deuda y cuanto se te condona te recomiendo que lo cheques solo se necesita el rfc y la firma electrónica para verificar el adeudo y los descuentos.

    Estoy a tus órdenes, suerte

  49. Liliana,tengo entendido que asi como el SAT tambien Tesoreria tiene descuentos para que pagues créditos vencidos, checalo en las oficinas.
    Estoy a tus órdenes

  50. Luis Manuel dice:

    Buenas tardes contadora:
    Mi mama suspendio actividades antes el SAT en junio del 2011, sin embargo no declaro en marzo de 2011, `por lo que le llego un primer requerimento, posteriormente le llego muulta por incumplimiento de 3000. pesos, y posterioemnete le llego una m,ulta poe estemporaneidad de 3000 pesos.. sumando untotal de 6000 pesos hoy dia. Es por eso que planeo hacer el pago antes d los 45 dias habiales para tener acceso al 20% de descuento, Sin embargo mi pregunta es: ¿hay manera de obtener el 50% en la multa? o mejor aun,… ¿revocar la multa?
    Gracias de antemanera,.. bendiciones… :)

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